Resolución Nº 192/GCABA/AGC/17

FirmantesPedace
EmisorAgencia Gubernamental de Control

VISTO:

El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510-GCBA/1997 (texto consolidado por la

Ley N° 5.666), el Expediente N° 2140016/2012, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente citado en el Visto tramitó la solicitud de habilitación

efectuada por Darío Andrés Nahmad, respecto del local sito en la calle Gral. M.A.

Rodríguez N° 2721/23, planta baja, 1° y 2° piso de esta Ciudad, para desarrollar los

rubros: Fabricaciòn de productos metálicos para uso estructural y montaje estructural

(502013) y Taller de letreros y anuncios de propagandas (502831);

Que a través de la Disposición N° 218-DGHP/2015 de fecha 20 de enero de 2015 la

Dirección General Habilitaciones y Permisos rechazó la referida solicitud por no haber

subsanado las observaciones oportunamente formuladas, notificando de ello al

administrado el 09 de febrero de 2015;

Que mediante la Presentación Agregar N° 1 de fecha 13 de Febrero de 2015 el titular

del trámite interpuso recurso de reconsideración, adjuntando documentación y por

Presentación Agregar N° 2 de fecha 19 de junio de 2015 incorporó nueva

documentación;

Que por Disposición N° 1338-DGHP/2017 de fecha 7 de febrero de 2017, la Dirección

General de Habilitaciones y Permisos desestimó el mencionado recurso, manteniendo

el rechazo de la solicitud de habilitación, notificando de ello al administrado el 10 de

abril de 2017;

Que por Presentación Agregar N° 3 de fecha 27 de abril de 2017 el titular del trámite

adjuntó documentación complementaria "como recurso jerárquico";

Que mediante PV-2017-11622899-DGHP de fecha 22 de mayo de 2017 la Gerencia

Operativa Habilitaciones Simples Sin Plano dependiente de la mencionada Dirección

General compartió el criterio expuesto en el IF-2017-11430302-DGHP de fecha 18 de

mayo de 2017, en el sentido de que con la documentación adjunta en la Presentación

Agregar N° 3, se subsanaron los motivos que dieron origen al rechazo de la solicitud

de habilitación;

Que corresponde en esta instancia el tratamiento del recurso jerárquico que opera en

subsidio del de reconsideración oportunamente interpuesto, en los términos previstos

por el Artículo 111 y siguientes del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510-

GCBA/1997;

Que en virtud de lo informado...

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