Resolución N° 1914/MEFGC/18

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
Fecha de la disposición11 de Octubre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.º 1914/MEFGC/18
Buenos Aires, 8 de octubre de 2018
VISTO:
La Resolución Nº 113-MHGC-17, el EE-2016-17419743-MGEYA-DGTES y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Nº 113-MHGC-17 se dispuso la instrucción del pertinente
sumario administrativo tendiente a investigar los hechos denunciados y deslindar las
responsabilidades que pudieran corresponder, en orden a las irregularidades
acaecidas en los arqueos de las cajas correspondientes a los POS N° 30 y N° 5 de la
Dirección General Administración de Infracciones (DGAI) y Unidad Administrativa de
Controladora Fiscales (UACF), de la que dio cuenta la Dirección General de Tesorería,
cuyo manejo se encontraba a cargo de la cajera Alejandra Rita Méndez, F.C. N°
444.228;
Que, conforme informe IF-2016-18797163-DGTES, la entonces Directora General
Adjunta de la Dirección General Tesorería señaló detalladamente las irregularidades
detectadas en los arqueos efectuados los días 22/01/16 (POS Nº 30), 03/03/16,
04/04/16, 06/04/16, 11/04/16 y 12/04/16 (estos últimos en el POS Nº 5);
Que, por informe IF-2017-00425939-DGSUM, se agregó la documentación relacionada
con tickets, memorándums, Actas de Arqueo, etc., correspondiente a los seis arqueos
realizados por el fiscalizador Jorge Matoso en los primeros meses del año 2016 en la
Dirección General de Infracciones, POS 30 y N° 5, y que al momento de los hechos
investigados eran atendidas por la cajera Alejandra Rita Méndez;
Que, abierta la etapa instructoria, prestó declaración testimonial Jorge Alberto Matoso,
quien se desempeñara como Fiscalizador de Cajas de la Dirección General de
Tesorería, sosteniendo que una de sus funciones era efectuar arqueos de las distintas
cajas ubicadas en las dependencias de esa Administración;
Que, indicó que habitualmente realizaba arqueos en la Dirección General
Administración de Infracciones una vez a la semana, alternando entre turno mañana y
tarde, acotando que los arqueos a las cajas a cargo de la agente Méndez formaban
parte de la rutina de trabajo;
Que, informó que previo al arqueo del 22/01/16, dicha agente había tenido varias
fiscalizaciones sin inconveniente alguno, y agregó que fue ese día que comenzaron las
diferencias en los montos que dicha cajera debía tener en la caja a su cargo;
Que, refirió que al presentarse a fiscalizar imprimió un reporte de arqueo de caja, y de
allí surgía exactamente qué monto de dinero debía poseer la cajera al momento,
contando las recaudaciones retenidas de días previos y lo recolectado ese día;
Que, manifestó que tal como surgía del informe que se le exhibió, ese arqueo del
22/01/16 había arrojado una diferencia en menos de $ 12.986,31.-, explicando que en
cada control efectuaba un Acta de Arqueo la que era firmada también por el cajero;
Que, señaló que ante su consulta la cajera expresó desconocer el motivo del faltante,
pero no se alarmó demasiado por ello, pese a que el monto resultaba bastante
significativo, por la diferencia encontrada se elevó el informe correspondiente y luego
las autoridades que estaban en ese momento en la Dirección General le giraron la
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5476 - 11/10/2018

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