Resolución N° 1912/MEFGC/18

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
Fecha de la disposición11 de Octubre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.º 1912/MEFGC/18
Buenos Aires, 8 de octubre de 2018
VISTO:
Las Leyes N° 471, 5.460 (textos consolidados por Ley Nº 5.666) y su modificatoria Nº
5.960, los Decretos N° 684/09, 335/2011 y 363/15 y modificatorios, la Resolución N°
1638/MEFGC/18, el Expediente Electrónico N° 27065906-MGEYA-DGDSCIV/2018 y,
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 684/09, se reglamentó el artículo 34 de la Ley N° 471, que
establece el Régimen Gerencial para la Administración Pública de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, creando dos niveles que se denominaron Gerencia Operativa y
Subgerencia Operativa, a los que les correspondieron las acciones y objetivos
previstos en las estructuras organizativas de este Gobierno;
Que posteriormente, por Decreto N° 335/2011 se modificó el artículo 3° del Decreto N°
684/09, el cual especifica que los cargos gerenciales se dividirán en dos niveles que
se denominarán “Gerencia Operativa“ y “Subgerencia Operativa“, a los que les
corresponderán las acciones y objetivos que se prevén en las estructuras
Organizativas de este Gobierno;
Que el artículo 1° de la Resolución N° 1638/MEFGC/18, estableció la remuneración
bruta mensual correspondiente al Régimen Gerencial de la Administración Pública de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el marco de la pauta salarial del año en curso, dispuesta para el personal de
planta permanente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
corresponde adecuar las remuneraciones brutas previstas para dicho régimen en sus
dos niveles, Gerente y Subgerente Operativo, dejando sin efecto la Resolución N°
1638/MEFGC/2018;
Que por la Ley N° 5.460 y modificatoria Nº 5.960 se sancionó la Ley de Ministerios del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en tanto que mediante Decreto N°
363/15 y modificatorios se aprobó la estructura orgánica funcional dependiente del
Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que el artículo 17 de la mentada Ley contempla entre los objetivos del Ministerio de
Economía y Finanzas el de diseñar, implementar y supervisar la aplicación de la
política salarial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que conforme lo expresado precedentemente, corresponde dictar el acto
administrativo pertinente.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 17 de la Ley N°5.460 y
modificatoria Nº 5.960,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS
RESUELVE
Artículo 1°.- Establécese a partir del 1° de octubre de 2018, la remuneración bruta
mensual correspondiente al Régimen Gerencial de la Administración Pública de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme se detalla en el Anexo (IF-2018-
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5476 - 11/10/2018

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