Resolución Nº 19/GCABA/SSJUS/17
Firmantes | EnrÃquez |
Emisor | SUBSECRETARÍA DE JUSTICIA |
VISTO:
El E.E. N° 2016-0277083-MGEYA-SSJUS y,
CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 32-MJYSGC-2016 de fecha 14 de enero de 2016, la Dra. María
Fabiana Marengo, D.N.I. N° 20.055.467, fue designada Controladora Administrativa de
Faltas de la Dirección General de Administración de Infracciones dependiente de la
Subsecretaria de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad.
Que posteriormente por Resolución N° 1366-SSGRH-2016 de fecha 09 de Agosto de
2016, se otorgó a la Dra. María Fabiana Marengo, D.N.I. N° 20.055.467, a partir del 30
de Mayo de 2016, licencia extraordinaria sin goce de haberes por cargo de mayor
jerarquía y mientras dure el plazo de su cargo concursado como Controladora
Administrativa de Faltas, de la Dirección General de Administración de Infracciones, de
la Subsecretaria de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad, de conformidad con
lo establecido en el artículo 16 inciso k) y 47 de la Ley N° 471 (texto consolidado por
Ley N° 5454), reteniendo sin percepción de haberes la partida 2658.0000.W.06 de la
citada Dirección General.
Que la Subsecretaría de Justicia, propicia la designación con carácter de
reemplazante, en el cargo mencionado en primer término, del Dr. Gustavo Daniel
García, D.N.I. 18.206.994, toda vez que actualmente la Dra. María Fabiana Marengo
se encuentra con licencia sin goce de haberes conforme los términos de la ut supra
mencionada resolución N° 1366-SSGRH-2016.
Que según surge de los presentes actuados el Dr. García, reúne los requisitos
necesarios para el desempeño del cargo precitado;
Que mediante Nota NO-2016-01656668-DGALH, la Dirección General de
Administración y Liquidación de Haberes dependiente de la Subsecretaría de Gestión
de Recursos Humanos informó que la partida presupuestaria correspondiente al cargo
de Controlador Administrativo de Faltas es 2658.0000.W.06, a la vez que manifestó
que el Dr. GARCIA retiene sin percepción de haberes la partida de Planta Permanente
4517.0500.AA.01.0000, de la Subsecretaría de Fortalecimiento Familiar y Comunitario
del Ministerio de Desarrollo Social.
Que lo mencionado precedentemente se encuentra en un todo de acuerdo con lo
dictaminado por la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en
un caso análogo, la cual manifestó "...se me consulta sobre la posibilidad de cubrir
...
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