Resolución Nº 245/07 de 19 de Marzo de 2007

La Plata, 19 de marzo de 2007.

VISTO el expediente Nº 2914-3875/05 alcance 2/07, iniciado por la Sociedad Platense de Anestesiología, caratulado: "ELEVA ACTUACIONES EN REFERENCIA AL CONVENIO PRESTACIONAL MANTENIDO ENTRE ESTE I.O.M.A. Y LA SOCIEDAD PLATENSE DE ANESTESIOLOGIA, EL QUE SE ENCUENTRA VIGENTE DESDE EL AÑO 1999, SOLICITANDO UN INCREMENTO DE LOS HONORARIOS, ETC. (PROPUESTA DE MODIFICACION DE LOS VALORES DE LAS PRACTICAS)." y

CONSIDERANDO:

Que las presentes actuaciones tratan de la suscripción de un Acta Acuerdo entre este IOMA y la Sociedad Platense de Anestesiología (SPA), a efectos de la modificación del valor de las prácticas incluidas en el nomenclador del convenio marco vigente, de fecha 17 de noviembre de 1999 y sus modificatorias, conforme proyecto obrante a fojas 7/8;

Que en dicho acuerdo, las partes ratifican la vigencia del convenio antes mencionado, comprometiéndose a continuar analizando los valores del honorario profesional a partir del mes de julio de 2007;

Que la propuesta en análisis prevé su entrada en vigencia a partir del 1º de marzo de 2007;

Que la Dirección General de Prestaciones, a fojas 9, eleva la propuesta a consideración del señor Presidente, estimando que podría darse curso favorable;

Que la Dirección General de Administración, a fojas 10 y 10 vuelta, analiza la propuesta, estimando en un diez por ciento (10%) el incremento aplicado a los aranceles vigentes, importando un aumento en el gasto mensual de pesos setenta y siete mil ciento ochenta ($ 77.180);

Que la Dirección de Finanzas procedió a imputar provisoriamente el gasto en las partidas presupuestarias previstas, por el período marzo-diciembre de 2007;

Que a fojas 15 interviene la Dirección de Relaciones Jurídicas, sin objeciones que formular desde el punto de vista de su competencia, considerando que pueden las partes suscribir el Acta Acuerdo en estudio y posteriormente el Honorable Directorio prestarle formal aprobación mediante el dictado de la pertinente resolución (art. 7º inciso f) y 8º de la Ley 6982), destacando que deberá acreditarse en las actuaciones la personería que invoca quien representa a la entidad en la firma del acuerdo y el acta que lo autorice a celebrar el mismo, conforme a su estatuto, quedando el gasto y la razonabilidad de los valores involucrados en la presente gestión, bajo la exclusiva responsabilidad de los funcionarios propiciantes;

Que el Honorable Directorio EN PLENO, en su...

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