Resolución N° 19 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor18 de Marzo de 2022
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición10 de Febrero de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXVII - Nº 58
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 18 DE MARZO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
Artículo 2°.- FACÚLTASE al señor Ministro de Finanzas a realizar to-
das las adecuaciones presupuestarias que se deriven de lo dispuesto en
el presente Decreto, en caso de corresponder.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por las señoras Mi-
nistra de Coordinación y Ministra de la Mujer y el señor Fiscal de Estado, y
rmado por el señor Secretario General de la Gobernación.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - SILVINA RIVERO, MINISTRA DE
COORDINACIÓN - CLAUDIA ROXANA MARTINEZ, MINISTRA DE LA MUJER - JU-
LIO CESAR COMELLO, SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN - JORGE
EDUARDO CÓRDOBA. FISCAL DE ESTADO
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 19
Córdoba, 10 de febrero de 2022
Expediente Nº 0045-022607/2020/A3.-
VISTO: este expediente mediante el cual el Consorcio Caminero Único de
la Provincia de Córdoba solicita la Adecuación Provisoria de Precio Nº 1,
por las variaciones de costos vericadas en el mes de octubre de 2021,
en la realización de la obra: “MEJORAMIENTO SUPERFICIE RUTA PRO-
VINCIAL T120-8 – TRAMO RUTA PROVINCIAL N° 6 – RUTA PROVINCIAL
T120-20 – DEPARTAMENTO MARCOS JUAREZ”.
Y CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones se tramitan en Expediente Electrónico,
mediante la aplicación Portal de Obras Públicas, en adelante POP, de con-
formidad a lo prescripto por Ley N° 10.618, su Decreto Reglamentario N°
750/2019, Resolución N° 1/2019 de la Secretaría de Planeamiento y Mo-
dernización, Resolución N° 20/2019 de la Dirección General de Compras
y Contrataciones del Ministerio de Finanzas y demás legislación comple-
mentaria de aplicación en la especie, entre otros extremos.
Que la adecuación de precio de que se trata encuadra en las previsio-
nes del Decreto Nº 800/2016, modicado por su similar Nº 30/2018, dispo-
siciones de la Resolución Nº 223/2016 del entonces Ministerio de Vivienda,
Arquitectura y Obras Viales y Punto V del Legajo Único de Contratación de
la obra de referencia.
Que la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio ad-
vierte la existencia de un archivo titulado “Índice”, haciendo plena fe de su
contenido.
Que mediante Resolución Ministerial Nº 274/2021 de fecha 02 de
agosto del 2021, se adjudicó la ejecución de la referida obra al Consorcio
Caminero Único, suscribiéndose el contrato pertinente el día 06 de sep-
tiembre del mismo año, con un plazo de ejecución de obra de 120 días a
contar desde la suscripción del Acta de Replanteo, la cual fue confecciona-
da con fecha 02 de noviembre del 2021.
Que obra en autos Solicitud de Adecuación Provisoria realizada por el
Consorcio Caminero Único, suscripta digitalmente con fecha 07 de octubre
del 2021.
Que el Dirección General de Coordinación de Obras Públicas acompa-
ña informe técnico, junto a similar titulado “Adecuación Provisoria – Obra
Faltante a Ejecutar - Octubre/2021”, de los cuales surge que los cálculos
practicados se hallan en consonancia con lo dispuesto por el Decreto Nº
800/2016, y que a la fecha del primer salto el porcentaje físico faltante de
ejecutar de la obra era del 100% y que la variación al mes de Octubre/2021
alcanzó un 10,02% lo que representa económicamente un incremento de $
4.681.697,56. En consecuencia, el nuevo costo del presupuesto total de la
obra asciende a la suma de $ 54.151.798,39.
Que asimismo, consta en autos Planilla de Índices, de Coecientes y
de Monto de Obra faltante de ejecutar.
Que se ha incorporado en autos Formulario de Aceptación de Adecua-
ción Provisoria de Precios, suscripto por el señor Presidente del Consorcio
Caminero Único con fecha 10 de diciembre de 2021, por la que acepta la
Primera Adecuación Provisoria de Precios por las variaciones de costos
vericadas en el mes de octubre de 2021, habiendo renunciado la contra-
tista a todo reclamo, conforme lo estipulado por el artículo 14 del Decreto
Nº 800/2016.
Que se ha agregado el Documento Contable - Nota de Pedido N°
2022/000062 que certica la reserva presupuestaria para atender la ero-
gación que lo gestionado implica.
Que obra Dictamen N° 26/2022 de la Dirección General de Asuntos Le-
gales de este Ministerio mediante el cual se expresa que, de conformidad a
las constancias obrantes en autos, surgen acreditados y cumplimentados
los extremos legales necesarios previstos por el Decreto N° 800/2016,
modicado por Decreto N° 30/2018 y disposiciones de la Resolución Mi-
nisterial Nº 223/2016, atento a que se ha vericado una variación en los
precios ponderados de los factores de costos del contrato superior al diez
por ciento (10%) respecto a los valores contractuales vigentes, puede pro-
cederse a la aprobación del nuevo monto del contrato de la obra, debiendo
oportunamente suscribir la adenda correspondiente, habida cuenta que
existe una modicación del precio contractual que produce consecuencias
jurídicas en la ejecución del contrato de obra pública de que se trata.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictamina-
do por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el
N° 26/2022 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- APRUÉBASE la Primera Adecuación Provisoria de Pre-
cios por variaciones de costos producidas en el mes de octubre de 2021,
de los trabajos faltantes de ejecutar en la obra: “MEJORAMIENTO SUPER-
FICIE RUTA PROVINCIAL T120-8 – TRAMO RUTA PROVINCIAL N° 6 –
RUTA PROVINCIAL T120-20 – DEPARTAMENTO MARCOS JUAREZ”, por
la suma total de Pesos Cuatro Millones Seiscientos Ochenta y Un Mil Seis-
cientos Noventa y Siete con Cincuenta y Seis Centavos ($ 4.681.697,56),
conforme el Formulario de Aceptación de Adecuación Provisoria de Precios
suscripto con fecha 10 de diciembre del 2021, por el Consorcio Caminero
Único, representado por su Presidente, señor Agustín PIZZICHINI, contra-
tista de la obra, que como Anexo I compuesto de dos (2) fojas, se acompa-
ña y forma parte integrante del presente instrumento legal.

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