Resolución N° 1889

EmisorMinisterio de educación
Fecha de la disposición28 de Diciembre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXVI - Nº 34
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 16 DE FEBRERO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
sitios 6 y 7 de la Manzana 32, Sud del pueblo de Alicia, Pedanía Juárez
Celman, Departamento San Justo, Provincia de Córdoba, el que conforme
al Plano de Mensura y Subdivisión inscripto en el Registro General de Pro-
piedades en el Protocolo de Plano bajo N° 40323 y en Planilla N° 65234 se
designa como “Lote 2” y mide: 12 mts. De frente al E. sobre calle General
Mitre a contar de los 27,87 mts. De la esquina formada por la intersección
de dicha calle con calle Salta. Por 40 mts. De fondo, lo que hace una sup.
Total de 480 mts. 2, lindando al N. con “lote -1”¸al S. con “lote-3”; al E. con
calle General Mitre y al O. con de Gabino Arzuaga, todo según el referido
plano, identicado con Nomenclatura Catastral 3002010201035011, empa-
dronado en la Dirección General de Rentas en la Cuenta N° 300215208455
e inscripto en el Registro General de la Provincia bajo la Matrícula N°
831564, para ser anexado al inmueble que actualmente ocupa el edicio
del Centro Educativo “José Manuel Estrada” de la citada localidad o a los
intereses que mejor convenga a la comunidad.
Artículo 2°.- FACÚLTASE a Escribanía General de Gobierno a efec-
tuar la inscripción en forma directa del inmueble descripto en el Artículo
1° del presente Decreto, a favor de la Provincia de Córdoba CUIT N° 30-
70818712-3, con domicilio legal en el “Centro Cívico del Bicentenario Go-
bernador Juan Bautista Bustos” calle Rosario de Santa Fe N° 650, Código
Postal X5004GBB de esta ciudad, conforme lo establecido en el artículo
1553 del Código Civil y Comercial de la Nación, ingresando el mismo al
dominio privado de la Provincia.
Articulo 3°.- FACÚLTASE a la Dirección General de Rentas para que
cancele las deudas que existieren en concepto de Impuesto Inmobiliario,
como así también recargos, intereses y multas en proporción a la supercie
donada, conforme con lo establecido en el artículo 176 del Código Tributa-
rio Provincial- Ley N° 6006, t.o. Decreto N° 400/2015.
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Mi-
nistros de Finanzas, de Educación y Fiscal de Estado.
Artículo 5°.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención a Contaduría Ge-
neral de la Provincia, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y ar-
chívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR / PROF. WALTER GRAHOVAC, MINIS-
TRO DE EDUCACION / OSVALDO GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS / DR.
JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N° 1888
Córdoba, 28 de diciembre de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0111-061349/2013, del registro del Ministerio de
Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 0640/16, de la Dirección General de Institutos
Privados de Enseñanza, se aprueban las modicaciones del Plan de Estu-
dios de la Carrera “Tecnicatura Superior en Lechería y Tecnología de Ali-
mentos” -Opción Pedagógica Presencial-, de cuatro (4) años de duración,
que otorga el título de “Técnico Superior en Lechería y Tecnología de Ali-
mentos”, en el Establecimiento Privado Adscripto Instituto “Escuela Superior
Integral de Lechería ESIL” -Nivel Superior- de Villa María -Departamento
General San Martín, con efecto al Ciclo Lectivo 2016.
Que conforme a las constancias documentales e informativas incor-
poradas en autos y prescripciones legales de rigor, la decisión se ajusta a
derecho, pues se encuadra dentro de la normativa que la funda.
Que en efecto, la medida cumple con los requerimientos jurídicos-for-
males-pedagógicos estatuidos por Ley Nº 5326, encontrándose tal deter-
minación técnica, administrativa e institucional plasmada en la resolución
de marras.
Que conforme con lo expuesto, no existe objeción alguna para la rati-
cación en esta instancia del instrumento legal en análisis.
Por ello, el Dictamen N° 2690/2016 del Área Jurídica de este Ministerio,
lo aconsejado a fs. 148 por la Dirección General de Asuntos Legales y en
uso de las atribuciones conferidas por Decreto 556/16;
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Art. 1º.- RATIFICAR la Resolución N° 0640/16, de la Dirección General
de Institutos Privados de Enseñanza, la que compuesta de (1) una foja
útil, se adjunta y forma parte del presente instrumento legal, por la que se
aprueban las modicaciones del Plan de Estudios de la Carrera “Tecnica-
tura Superior en Lechería y Tecnología de Alimentos” -Opción Pedagógica
Presencial-, de cuatro (4) años de duración, que otorga el título de “Técnico
Superior en Lechería y Tecnología de Alimentos”, en el Establecimiento Pri-
vado Adscripto Instituto “Escuela Superior Integral de Lechería ESIL -Nivel
Superior- de Villa María -Departamento General San Martín, con efecto al
Ciclo Lectivo 2016.
Art. 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACION
Anexo: https://goo.gl/JB13P2
Resolución N° 1889
Córdoba, 28 de diciembre de 2016
VISTO: El Expediente Nº 0111-061408/2013 (II Cuerpos), del registro del
Ministerio de Educación.
Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución N° 0587/2016, de la Dirección General de Insti-
tutos Privados de Enseñanza, se aprueban las modicaciones del Plan
de Estudios de la Carrera “Tecnicatura Superior en Diseño para Internet y
Dispositivos Móviles” -Opción Pedagógica Presencial-, de tres (3) años de

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