Resolución Nº 188/GCABA/ERSP/15
Firmantes | Michielotto - Barrera - Goldsack - LaurÃa - Raffo |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | F/n Ente Único Regulador de Los Servicios Públicos |
Fecha de la disposición | 7 de Julio de 2015 |
VISTO:
el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 210, la Licitación
Pública Nacional e Internacional para la Contratación del Servicio de Higiene Urbana
N° 6/2003, el Reglamento de Procedimientos de Controversias y Sanciones del Ente
Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
aprobado por Resolución del Directorio N° 28/2001 y su modificatoria N° 51/2002, el
Acta de Directorio N° 597 del 21 de abril de 2015, el Expediente N°
5381/EURSPCABA/2012, y
CONSIDERANDO:
Que, conforme el Art. 138 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, el Ente
Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
ejerce el control, seguimiento y resguardo de la calidad de los servicios públicos cuya
prestación o fiscalización se realice por la administración central y descentralizada o
por terceros para la defensa y protección de los derechos de sus usuarios y
consumidores, de la competencia y del medio ambiente, velando por la observancia de
las leyes que se dicten al respecto;
Que, de acuerdo con el Art. 2° inc. c) de la Ley N° 210, entre los servicios bajo su
control se encuentra la higiene urbana, incluida la disposición final;
Que, conforme lo establece el Art. 3° incs. a), b), e), i), k) y l) de la Ley N° 210, el Ente
tiene, entre otras, las siguientes funciones: verificar el correcto cumplimiento de las
leyes o normas reglamentarias de los servicios sometidos a su jurisdicción; controlar
las actividades de los prestadores de servicios públicos en todos los aspectos
prescritos por la normativa aplicable respecto a la seguridad, higiene, calidad,
continuidad, regularidad, igualdad y generalidad de los servicios; controlar el
cumplimiento de los contratos de concesión, licencias, permisos, autorizaciones y
habilitaciones; prevenir conductas anticompetitivas, monopólicas o discriminatorias y
efectuar las denuncias pertinentes, implementando las acciones tendientes a hacer
cesar dichas conductas; ejercer la jurisdicción administrativa; reglamentar el
procedimiento para la aplicación de las sanciones que correspondan por violación de
las disposiciones legales, reglamentarias o contractuales de los respectivos servicios,
de conformidad con los regímenes sancionatorios vigentes, y aplicar las mismas
respetando los principios del debido proceso;
Que, el Expediente N° 5381/EURSPCABA/2012 se inicia a raíz del Plan de Control
correspondiente al mes de agosto de 2012, por omisión de vaciado de cestos
papeleros, en la denomina Zona 4, a cargo de la empresa Ecohábitat SA - Emepa SA -
UTE Níttida;
Que, no genera dudas, entonces, la calificación como servicio público y la inclusión
entre las prestaciones sujetas a control del Ente, conforme Anexo IX Servicio de
Barrido y Limpieza de Calles del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación
Pública Nacional e Internacional para la Contratación del Servicio de Higiene Urbana
N° 6/2003;
Que, el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares de la Licitación
Pública Nacional e Internacional para la Contratación del Servicio Público de Higiene
Urbana N° 6/2003, en su Anexo IX, apartado Modalidades de la Prestación dice "PLAN
DE TRABAJO (...) en ningún momento del día los cestos papeleros podrán tener su
capacidad de carga colmada, presentando siempre un 10% de su volumen libre.";
Que, en las actuaciones se detectó por parte de los agentes fiscalizadores a cargo,
cestos papeleros llenos al 100%;
Que, a fs. 6 obra Acta de Fiscalización N° 051459/ERSP/2012 de fecha 01/08/2012,
detectándose cesto papelero lleno al 100%, con etiqueta N° 62884 en la calle Donato
Álvarez 206;
Que, a fs. 10 obra Acta de Fiscalización N° 051601/ERSP/2012 de fecha 02/08/2012,
detectándose cesto papelero lleno al 100%, con etiqueta N° 62895 en la calle Donato
Álvarez 492;
Que, a fs. 14 obra Acta de Fiscalización N° 051746/ERSP/2012 de fecha 06/08/2012,
detectándose cesto papelero lleno al 100%, con etiqueta N° 62929 en la calle Culpina
971;
Que, a fs.18 obra Acta de Fiscalización N° 051767/ERSP/2012 de fecha 07/08/2012,
detectándose cesto papelero lleno al 100%, con etiqueta N° 62957 en la calle Culpina
418;
Que, a fs. 22 obra Acta de Fiscalización N° 052571/ERSP/2012 de fecha 21/08/2012
detectándose cesto papelero lleno al 100%, con etiqueta N° 63007 en la calle
Baldomero F. Moreno 1105;
Que, a fs. 26 obra Acta de Fiscalización N° 052733/ERSP/2012 de fecha 23/08/2012
detectándose cesto papelero lleno al 100%, con etiqueta N° 63027 en Av. Directorio
1208;
Que, a fs. 30 obra Acta de Fiscalización N° 052853/ERSP/2012 de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba