Resolución N° 187 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor30 de Abril de 2019
EmisorAgencia Córdoba Cultura S.E
Fecha de la disposición26 de Abril de 2019
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVI - TOMO DCLII - Nº 81
CORDOBA, (R.A.) MARTES 30 DE ABRIL DE 2019
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la Lengua Española en la Provincia de Córdoba”
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A
Artículo 1º.- DESÍGNASE a partir de la fecha del presente Decreto, a
la señora María de los Ángeles BUSON (D.N.I. N° 27.075.707) en el cargo
vacante de Jefatura de Área Autogestión y Capacitación, actualmente en
el ámbito de la Dirección General de Gestión Salarial, de la Secretaría de
Capital Humano dependiente de la Secretaría General de la Gobernación,
por haber obtenido el primer lugar en el Orden de Mérito correspondiente
al concurso de títulos, antecedentes y oposición, convocado por Resolu-
ción N° 1010/2015 del ex Ministerio de Gestión Pública, en los términos del
artículo 14, punto II, apartado B) de la Ley N° 9361.
Artículo 2º.- ESTABLÉCESE que la sectorial de Recursos Humanos
de la Secretaría, de corresponder, vericará el efectivo cumplimiento de los
requisitos establecidos por los artículos 12 y 13 de la Ley N° 7233 para el
ingreso de personal a la Administración Pública Provincial.
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Fiscal
de Estado y rmado por la señora Secretaria General de la Gobernación.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, dese a la
Secretaría de Capital Humano de la Secretaría General de la Gobernación,
publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI – GOBERNADOR / SILVINA RIVERO – SECRETARIA
GENERAL DE LA GOBERNACIÓN / JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE
ESTADO
AGENCIA CORDOBA CULTURA S.E
Resolución N° 187
Córdoba, 26 de abril de 2019
Y VISTOS: El Expediente Administrativo Nº 0385-002185/2019 del registro
de esta Agencia Córdoba Cultura S.E.-
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 05/19 obra Resolución Nº 162 de fecha 09 de abril de 2019
emanada de actual Directorio de ésta Agencia Córdoba Cultura S.E., en
la cual se resolvió llamar a concurso de antecedentes y oposición, a los
nes de cubrir los siguientes cargos vacantes de la Banda Sinfónica de la
Provincia de Córdoba, el cual se regirá según lo establecido en el Decreto
774/63: Un (1) cargo Músico de 2da. (09-020) – Clarinete en Si b – Solista;
Un (1) cargo Músico de 2da. (09-020) – Contrabajo Solista; Un (1) cargo
Músico de 2da. (09-020) – Cargo Inspector; Un (1) cargo Músico de 2da.
(09-020) – Solista de Arpa; Un (1) cargo Músico de 2da. (09-020) – Solista
de Piano; Un (1) cargo Músico de 3ra. (09-030) – Trombón a Vara Suplente
Solista; Un (1) cargo Músico de 3ra. (09-030) – Contrabajo Suplente Solis-
ta; Un (1) cargo Músico de 3ra. (09-030) _ Contrafagot con obligación de
Fagot de Fila; Un (1) cargo Músico de 4ta. (09-040) _ Cuarta Flauta; Un
(1) cargo Músico de 5ta. (09-050) _ Cargo Tuba. Por otro lado, mediante
la mencionada resolución se resolvió aprobar las Bases y Condiciones del
concurso referenciado, las que como Anexo I, Anexo II y Sub Anexos la
integran.
Que se observa en el punto V.Cronograma de las Bases y Condiciones
del Concurso de marras un error material involuntario, al mencionar que
“Todas las instancias de consulta o presentaciones que prevea el Proceso
Concursal, deberán ser realizadas en los periodos indicados en el Crono-
grama publicado y resueltas por la Comisión Laboral de Concurso y Pro-
moción o los Tribunales de Concurso según corresponda”.
Por ello y atribuciones que le son propias,
EL DIRECTORIO DE LA AGENCIA CORDOBA CULTURA S.E.
RESUELVE
ARTICULO 1º: RECTIFICAR lo establecido en las Bases y Condicio-
nes del Concurso de oposición y antecedentes a los nes de cubrir los
cargos vacantes de la Banda Sinfónica de la Provincia de Córdoba, donde
dice “Todas las instancias de consulta o presentaciones que prevea el Pro-
ceso Concursal, deberán ser realizadas en los periodos indicados en el
Cronograma publicado y resueltas por la Comisión Laboral de Concurso
y Promoción o los Tribunales de Concurso según corresponda” debe decir
“Todas las instancias de consulta o presentaciones que prevea el Proceso
Concursal, deberán ser realizadas en los periodos indicados en el Cro-
nograma publicado y resueltas por el Directorio de la Agencia Córdoba
Cultura S.E., la Jefatura de Recursos Humanos del Teatro del Libertador
General San Martin o los Tribunales de Concurso según corresponda”, de
conformidad a los fundamentos vertidos en los Considerandos de la pre-
sente Resolución.-
ARTICULO 2º: RATIFICAR lo dispuesto por la Resolución N° 162 del
Directorio de esta Agencia Córdoba Cultura S.E., de fecha 09 de abril de
2019, mediante la que se resuelve el llamado a Concurso de Oposición y
Antecedentes para cubrir los cargos vacantes de la Banda Sinfónica de la
Provincia de Córdoba y aprobar las Bases y Condiciones para llevar ade-
lante dicho proceso, en todo aquello que no haya sido modicado por éste
instrumento legal.-
ARTICULO 4º: PROTOCOLICESE, comuníquese, notifíquese, y archí-
vese.-
FDO.: NORA BEDANO, PRESIDENTE AGENCIA CÓRDOBA CULTURA S.E. - MAR-
COS BOVO, VOCAL AGENCIA CÓRDOBA CULTURA S.E.

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