Resolución N° 1867/MEDGC/21

EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición28 de Julio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.º 1867/MEDGC/21
Buenos Aires, 26 de abril de 2021
VISTO: Los Decretos N° 1.717/05, 284/09 y 75/19, el Expediente Electrónico Nº
11432190-GCABA- SSAALV/21, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1.717/05 se aprobó el reglamento de Becas destinadas a
estudiantes de la Carrera de Enfermería Profesional de la Escuela Superior de
Enfermería “Cecilia Grierson”;
Que el Decreto N° 284/09 estableció que el monto de la beca será equivalente al
haber mensual que percibe un enfermero perteneciente al Agrupamiento Técnico
Tramo A Nivel 3 del Escalafón General para el personal de la Planta Permanente de la
Administración Pública del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;
Que posteriormente, el Decreto N° 75/19 adecuó lo establecido en el Decreto N°
284/09 a las grillas salariales por Agrupamiento del Nuevo Régimen Escalafonario y de
Carrera Administrativa, decretando que a partir 1° de enero de 2019, el monto anual
de cada una de las becas destinadas a los alumnos de la Carrera de Enfermería de la
Escuela Superior de Enfermería Cecilia Grierson, será el equivalente al haber mensual
que percibe un enfermero correspondiente al Agrupamiento Actividades de Asistencia
a la Salud y Apoyo Social, Tramo Inicial, Grado 7, Categoría Técnica del personal de
planta permanente incluido en el ámbito de aplicación del Acta de Negociación
Colectiva N° 17/13 y modificatoria;
Que la Dirección General de Administración y Liquidación de Haberes, mediante la
Nota NO-2020-08455892-GCABA-DGALH informó que un enfermero que fue
incorporado a partir del 01-07-2019, a la Carrera de Enfermería y Especialidades
Técnico-Profesionales de la Salud (CEETPS), de acuerdo al agrupamiento CEETPS,
tramo inicial, grado 7, categoría Técnica, percibe un haber mensual de $ 42.660,44
(pesos cuarenta y dos mil seiscientos sesenta con cuarenta y cuatro centavos);
Que en consecuencia, de acuerdo a lo informado (IF-2021-11443392-GCABA-
SSAALV) para el ciclo lectivo agosto 2020- julio 2021 el importe de la beca asciende a
pesos cuarenta y dos mil seiscientos sesenta con 44/100 ($42.660,44.-), que se
abonan en dos (2) cuotas de pesos veintiún mil trescientos treinta con 22/100
($21.330,22.-) cada una;
Que la Subsecretaria Agencia de Aprendizaje a lo Largo de la Vida informó que, en
razón de la emergencia sanitaria nacional y las medidas decretadas por el Poder
Ejecutivo Nacional, resultó necesario adecuar el procedimiento de inscripción al
beneficio, el cual se realizó de forma virtual en su totalidad;
Que por otra parte, comunica que la Escuela Superior de Enfermería Cecilia Grierson
avaló y dio cuenta de que los estudiantes mencionados en el Anexo (IF-2021-
11439213-GCABA-SSAALV), continúan cumpliendo con los requisitos exigidos el
Decreto N° 1.717/05 para percibir el beneficio;
Que además se destaca que en este contexto extraordinario y atento la esencialidad
del servicio, la Escuela de Enfermería garantizó la continuidad de las actividades
administrativas y pedagógicas mediante distintas vías, procurando que sus estudiantes
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6181 - 28/07/2021

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