Resolución Nº 186/PJCABA/CMCABA/16

FirmantesRabinovich
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorConsejo de la Magistratura
Fecha de la disposición15 de Junio de 2016

VISTO:

El Expediente DGCC N° 113/16-0 caratulado "D.G.C.C. s/ Libro "Premio Formación

Judicial 2014", y

CONSIDERANDO:

Que mediante Memo N° 221/2016 la Editorial Jusbaires solicitó la impresión de

doscientos (200.-) ejemplares del Libro "Premio Formacion Judicial 2014" de acuerdo a

las especificaciones que adjuntó. Asimismo, acompañó el Acta N° 7 de la Reunión del

Consejo Editorial de donde surge la aprobación de la publicación referida (v. Punto 6

del Acta) (fs. 3/6).

Que entonces, la Dirección General de Compras y Contrataciones adjuntó el

presupuesto presentado por Eudeba S.E.M. del cual se desperende que el monto por

la impresión de doscientos (200.-) ejemplares del Libro "Premio Formacion Judicial

2014" asciende a la suma total de catorce mil setecientos pesos ($ 14.700,00) IVA

incluido (fs. 13).

Que posteriormente, la Dirección General de Compras y Contrataciones puso de

resalto que la firma Eudeba es una sociedad de economía mixta y que la conformación

de su capital social reúne capitales públicos pertenecientes en este caso a un ente

administrativo autárquico como lo es la Universidad de Buenos Aires. En razón de ello,

manifestó que correspondía encuadrar la presente contratación en el inciso 11 del

artículo 28°

de la Ley 2095, modificado por la Ley 4764 (fs. 14 y 17).

Que en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 70, la Dirección General de

Programación y Administración Contable emitió la constancia de registración

presupuestaria necesaria para afrontar la contratación en cuestión (v. Constancia N°

1012/05 2016 de fojas 15/16).

Que asi las cosas, mediante Memo N° 133/2016 la Editorial Jusbaires informó que el

presupuesto agregado a fojas 13 se ajusta a lo requerido (fs. 21).

Que entonces la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le

compete y emitió el Dictamen N° 7015/2016. Allí, luego de realizar la reseña de lo

actuado y el análisis jurídico correspondiente que dice: "(...) El artículo 28 de la ley

2095, referido a la contratación directa, el inciso 11) que expresamente dice: Los

contratos para la adquisición de bienes o prestación de servicios que celebren las

jurisdicciones y entidades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires entre

sí o con organismos provinciales, municipales o del Estado Nacional, como así

también con las Universidades Nacionales y otras Universidades con sede en la

Ciudad, siempre que la contratación...

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