Resolución Nº 186/PJCABA/CMCABA/16
Firmantes | Rabinovich |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Consejo de la Magistratura |
Fecha de la disposición | 15 de Junio de 2016 |
VISTO:
El Expediente DGCC N° 113/16-0 caratulado "D.G.C.C. s/ Libro "Premio Formación
Judicial 2014", y
CONSIDERANDO:
Que mediante Memo N° 221/2016 la Editorial Jusbaires solicitó la impresión de
doscientos (200.-) ejemplares del Libro "Premio Formacion Judicial 2014" de acuerdo a
las especificaciones que adjuntó. Asimismo, acompañó el Acta N° 7 de la Reunión del
Consejo Editorial de donde surge la aprobación de la publicación referida (v. Punto 6
del Acta) (fs. 3/6).
Que entonces, la Dirección General de Compras y Contrataciones adjuntó el
presupuesto presentado por Eudeba S.E.M. del cual se desperende que el monto por
la impresión de doscientos (200.-) ejemplares del Libro "Premio Formacion Judicial
2014" asciende a la suma total de catorce mil setecientos pesos ($ 14.700,00) IVA
incluido (fs. 13).
Que posteriormente, la Dirección General de Compras y Contrataciones puso de
resalto que la firma Eudeba es una sociedad de economía mixta y que la conformación
de su capital social reúne capitales públicos pertenecientes en este caso a un ente
administrativo autárquico como lo es la Universidad de Buenos Aires. En razón de ello,
manifestó que correspondía encuadrar la presente contratación en el inciso 11 del
de la Ley 2095, modificado por la Ley 4764 (fs. 14 y 17).
Que en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 70, la Dirección General de
Programación y Administración Contable emitió la constancia de registración
presupuestaria necesaria para afrontar la contratación en cuestión (v. Constancia N°
1012/05 2016 de fojas 15/16).
Que asi las cosas, mediante Memo N° 133/2016 la Editorial Jusbaires informó que el
presupuesto agregado a fojas 13 se ajusta a lo requerido (fs. 21).
Que entonces la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención que le
compete y emitió el Dictamen N° 7015/2016. Allí, luego de realizar la reseña de lo
actuado y el análisis jurídico correspondiente que dice: "(...) El artículo 28 de la ley
2095, referido a la contratación directa, el inciso 11) que expresamente dice: Los
contratos para la adquisición de bienes o prestación de servicios que celebren las
jurisdicciones y entidades del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires entre
sí o con organismos provinciales, municipales o del Estado Nacional, como así
también con las Universidades Nacionales y otras Universidades con sede en la
Ciudad, siempre que la contratación...
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