Resolución Nº 185/GCABA/MDUYTGC/17

FirmantesMoccia
EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte

VISTO:

La Ley Nacional de Obras Públicias N° 13.064, La Ley N° 5.460 y sus modificatorias

(texto consolidado por Ley 5.666), los Decretos Nros. 359/2015, 203/2016 y 675/2016,

las Resoluciones Nros. 601/MHGC/2014, 499-MDUYTGC-2016 y 915-MDUYTGC-

2016, el Expediente N° 32.904.638-DGINFU-2015 y el Expediente N° 2017-1893131-

UPEVO, y;

CONSIDERANDO:

Que la obra "Proyecto de la Red de Agua y Cloaca, de la Obra Refuncionalización del

Sector Oeste del Parque de la Ciudad para actividades recreativas, residenciales y de

comercio minorista" fue adjudicada a la Empresa RECONSTRUCCION CAÑOS S.A.

por Resolución N° 499 MDUYTGC 2016, de fecha 26 de julio de 2016, por un monto

total de TREINTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL

TRESCIENTOS OCHENTA Y NUEVE CON 98/100 ($35.787.389,98.-); y tramitada por

EE N° 32.904.638-DGINFU-2015;

Que con fecha 2 de agosto de 2016 se suscribió la Contrata entre el Ministerio de

Desarrollo Urbano y Transporte y la Empresa Contratista;

Que con fecha 1° de septiembre de 2016 se suscribió el Acta de Inicio de obra, dando

comienzo a los trabajos;

Que la obra tiene un plazo de ejecución de doce (12) meses desde el día en que se

suscribió el Acta de Inicio, por lo que su fecha de finalización opera el día 1° de

septiembre de 2017;

Que conforme el IF -2017-386624-UPEVO la inspección manifiesta que con fecha

posterior a la licitación fue entregado el Master Plan que dio origen a la

Documentación Ejecutiva elaborada por la Empresa y aprobada por AYSA y la

Inspección de Obra, con la que se está ejecutando la obra. Las diferencias entre los

cómputos de los elementos de uno y otro plano, dan origen a las economías y

demasías respecto de los ítems contractuales. Dicha situación fue declarada por la

Empresa por Nota de pedido N° 23 del 13/10/16, y respondida por la Inspección de

Obra por Orden de Servicio N° 15 del 15/10/16 que se adjuntan. Por otra parte,

diversas interferencias no consideradas originalmente dieron lugar a ítems nuevos no

contemplados en el cómputo y presupuesto de la obra básica contractual. El motivo de

la consideración de cada uno de ellos es el siguiente: Demolición: En el sector

correspondiente al ancho de vereda donde se posiciona la cañería de agua y cloaca

en la calle L1 entre T1 y T3, aparecieron al realizarse las excavaciones necesarias,

fundaciones prexistentes de H°A° que deberán ser removidas. Movimiento de Suelos:

En el sector vereda de L1 entre T1 y T2, en T1 en correspondencia con la berma, y

sobre todo en L2 entre T2 y T3, traza del colector principal de cloaca, existen

montículos de tierra que deben ser removidos;

Que por las mencionadas...

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