Resolución N° 185 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Enero de 2023
EmisorTribunal de Cuentas
Fecha de la disposición29 de Diciembre de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CX - TOMO DCXCVII - Nº 2
CORDOBA, (R.A.) MARTES 3 DE ENERO DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
el titular de la repartición, conforme las necesidades de servicio.
Que, por su parte, el Artículo 6º de la norma indicada dispuso que los
titulares de los organismos descentralizados de la Administración Pública
Provincial dicten normas análogas al mismo, otorgando la licencia anual
ordinaria de su personal sin afectar la prestación del servicio a su cargo y
estableciendo su modalidad de atención al público.
Que por Resolución de la Secretaría General de la Gobernación Nº
721/2022, de fecha 27 de diciembre del 2022 se aprobó el instructivo co-
rrespondiente al receso en cuestión, de conformidad a lo dispuesto por el
Artículo 10º del Decreto relacionado, exceptuando, en su Artículo 3º, de
lo dispuesto en el artículo 1º del Decreto Nº 1622/2022, en lo relativo a la
declaración de días inhábiles durante el período de receso administrativo,
a aquellas actuaciones vinculadas con la sustanciación de los concursos
de títulos, antecedentes y oposición convocados en la órbita del Poder
Ejecutivo Provincial -para la cobertura de cargos del Tramo Superior del
Escalafón General-, que resulten indispensables para garantizar un ade-
cuado funcionamiento de las distintas Jurisdicciones, a juicio del Titular
de cada una de ellas en el ámbito de su competencia, y sin perjuicio de lo
establecido por el artículo 2º del citado Decreto.
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 1693/2019,
EL MINISTRO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
EN EJERCICIO DE SUS FUNCIONES COMO
PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL CEPROCOR
RESUELVE
ARTÍCULO 1°: ADHERIR al Decreto N° 1622/2022, de fecha 21 de diciem-
bre de 2022, disponiendo receso administrativo durante el lapso comprendido
desde el 02 de enero de 2023 hasta el 31 de enero de 2023 y, siendo inhábiles
a los nes del procedimiento administrativo los días comprendidos en dicho
período, exceptuándose en lo relativo a aquellas actuaciones vinculadas con
la sustanciación de los concursos de títulos, antecedentes y oposición convo-
cados Resolución de Directorio del CEPROCOR 2022/RDDCE-00000047 de
fecha 14 de octubre de 2022, y sin perjuicio de lo establecido por el artículo
2º del citado Decreto, conforme lo dispuesto por Resolución N° 721/22 de la
Secretaría General de la Gobernación.
ARTÍCULO 2°: DISPONER que el Sistema Único de Atención al Ciu-
dadano (SUAC), que funciona en la ocina de Recepción de Muestras del
Departamento SUAC y Recepción de muestras del Centro, permanezca
cerrado y sin atención al público entre los días 02 de enero de 2023 hasta
el 31 de enero de 2023.
ARTÍCULO 3º: DISPONER que la licencia anual ordinaria del personal
del Centro se materializará, conforme las normas que regulan su relación
laboral, a partir del día 02 de enero de 2023 con excepción del personal ex-
presamente autorizado que resulte necesario afectar a guardias mínimas,
para el cumplimiento de las tareas consideradas indispensables.
ARTÍCULO 4°: DISPONER que la licencia anual ordinaria del personal
cuyo derecho exceda la cantidad de días hábiles existentes en el mes de
enero de 2023 en razón de su antigüedad, se otorgará conforme las nece-
sidades de servicio.
ARTÍCULO 5°: ESTABLECER que las licencias otorgadas con ante-
rioridad a la fecha de la presente, quedan sin efecto para ser gozadas
en un período diferente al consignado precedentemente. La licencia del
personal cuyo derecho exceda, en razón de su antigüedad, la cantidad de
días hábiles existentes en el lapso del receso administrativo, será otorgada
conforme las necesidades de servicio.
ARTÍCULO 6°: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese y archívese.
FDO.: PABLO DE CHIARA, PRESIDENTE DE CEPROCOR A/C
TRIBUNAL DE CUENTAS
Resolución N° 185
Córdoba, 29 de diciembre de 2022
VISTO: El dictado del Decreto N° 1.622 de fecha 21 de diciembre del año 2022.
Y CONSIDERANDO:
Que, mediante el citado decreto, el Poder Ejecutivo Provincial ha dis-
puesto receso administrativo desde el día 02 y hasta el día de 31 de enero
del año 2023, declarando a su vez inhábiles a los nes del procedimiento
administrativo los días comprendidos en dicho período.
Que, dicha medida alcanza a todas las áreas de la Administración Cen-
tral, determinando la mecánica de trabajo de las mismas.
Que, ante tal disposición corresponde reglar sobre el funcionamiento
de este Organismo durante el mencionado período.
Que, es necesario disponer el otorgamiento de la licencia anual or-
dinaria al personal de la Institución, autorizando a la Presidencia de este
Organismo a organizar el esquema de funcionamiento de las guardias ne-
cesarias para atender los requerimientos de las jurisdicciones y el cumpli-
miento de las funciones que le asisten.
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por la ley Orgánica
Nº 7.630;

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