Resolución N° 185 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor25 de Junio de 2021
EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición17 de Junio de 2021
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXVIII - Nº 127
CORDOBA, (R.A.) VIERNES 25 DE JUNIO DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
de las ayudas directas a la comunidad dispuesto por el artículo 1º del men-
cionado Decreto Nº 469/2021.
Por ello, normativa citada, lo dispuesto por el artículo 20, inciso 14°, del
Decreto N° 1615/2019, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el
artículo 144, inciso 1°, de la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo 1°.- AMPLÍASE lo establecido en el Anexo I del Decreto N°
469/2021, en relación a los rubros alcanzados para el otorgamiento de las
ayudas directas a la comunidad, en el marco de la emergencia sanitaria
producida por el Coronavirus - Covid-19 -, incorporando al efecto las si-
guientes actividades económicas:
a) Agencias de viajes (Códigos NAES: 791101, 791102, 791201, 791202,
791901 y 791909).
b) Transporte Especial (Códigos NAES: 492180 y 492160)
No será de aplicación para estas actividades, las prescripciones estableci-
das en el Artículo 5º del citado Decreto Nº 469/2021
Artículo 2°.- El presente Decreto será refrendado por la señora
Ministra de Coordinación y los señores Ministro de Servicios Públicos
y Fiscal de Estado y firmado por el señor Secretario General de la Go-
bernación.
Artículo 3°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese a la Secretaría
General de la Gobernación, publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - SILVINA RIVERO, MINISTRA DE
COORDINACIÓN - FABIÁN LÓPEZ, MINISTRO DE SERVICIOS PÚBLICOS - JU-
LIO CÉSAR COMELLO, SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACIÓN - JORGE
EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 185
Córdoba, 17 de junio de 2021
VISTO: El expediente Nº 0562-003605/2017/A29.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se propicia la aprobación del Acta
de Redeterminación Denitiva, para la obra denominada Refuncionaliza-
ción y Adecuación del inmueble de la Dirección de Policía Fiscal depen-
diente de la Secretaría de Ingresos Públicos, sito en calle Maipú N° 350 de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la que fuera adjudicada a la rma
AYASSA FOMBELA Y CÍA S.A., mediante Resolución N° 33/2017 de la
Secretaría de Ingresos Públicos.
Que obra en autos, Acta de Recepción Provisoria de la Obra, de fecha
5 de abril de 2019, sin observaciones.
Que asimismo se encuentra incorporada el Acta de Recepción Deni-
tiva, de fecha 10 de agosto de 2020.
Que el Área Contrataciones de la Dirección General de Coordinación Ope-
rativa, expresa que el Acta de Redeterminación Denitiva – de fecha 1 de
febrero de 2021 - ha sido emitida por el sistema SIGO y que los cálculos prac-
ticados se hallan en consonancia con lo dispuesto por el Decreto N° 800/2016.
Por ello, en virtud de lo relacionado, lo establecido por la Ley N° 8614 y
el Decreto N° 800/2016, la Orden de Compra N° 2021/000065 confeccionada
por la Dirección de Jurisdicción de Administración de la Dirección General de
Coordinación Operativa y de acuerdo con lo dictaminado por la Dirección de
Jurisdicción de Asuntos Legales de este Ministerio al Nº 286/2021,
EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1° APROBAR el Acta de Redeterminación Denitiva para
la Obra denominada Refuncionalización y Adecuación del Inmueble de
la Dirección de Policía Fiscal dependiente de la Secretaría de Ingresos
Públicos, sito en calle Maipú N° 350 de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, suscripta con la empresa AYASSA FOMBELLA Y CÍA. S.A. (CUIT
N° 33-61388451-9), la que como Anexo I con una (1) foja útil, forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2° IMPUTAR el egreso que demande el cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo anterior por la suma de PESOS OCHO MIL SE-
TECIENTOS SESENTA Y CINCO CON OCHENTA Y OCHO CENTAVOS
($8.765,88.-) a Jurisdicción 1.15- Ministerio de Finanzas- Programa 158-
000, Partida 12.06.00.00 “Obras -Ejecución por Terceros-”, del P.V.
Artículo 3º PROTOCOLÍCESE, notifíquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO

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