Resolución N° 182/SECTRANS/19

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición15 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN N.° 182/SECTRANS/19
Buenos Aires, 2 de mayo de 2019
VISTO: La Ley N° 2.148 (según texto consolidado por Ley 6.017); el Decreto N°498/08
y sus modificatorios, el Decreto 345/17, el Expediente N° 18899671-MGEYA- DGCHT-
2018, y
CONSIDERANDO:
Que la Licencia de Taxi N° 26.860, fue expedida a favor de la Sra. BESSA, CEFERINA
D.N.I. 11.479.604;
Que atento a la falta cometida el 08 de junio de 2018, se registra infracción en la vía
pública por conducir el automotor taxímetro dominio NPP-995, según Acta de
Comprobación de Infracción Nº B17105919, Legajo N° 071144-000/18 de la Unidad
Administrativa de Control de Faltas N°21 formula: "Se informa que al momento del
control el vehículo con dominio NPP-995 circulaba con reloj taxímetro encendido por
Arribo Nacional de Aeroparque Jorge Newbery. En conjunto al inspector Farías, Pablo
(DNI 25.588.079) se solicitó la documentación la obligatoria y el chofer Sr. Keychian,
Federico no exhibe documentación como chofer para circular (Cod 6105)...", la misma
fue resuelta bajo pago voluntario por el Sr. KEYCHIAN, FEDERICO ALBERTO D.N.I.
31.010.510, como consta en el informe del orden 07 de la solapa del expediente
electrónico;
Que la conducta desplegada encuadra de tal modo en los términos del artículo
12.11.2.2 (conforme texto consolidado por Ley 6.017) el que expresa: "La prestación
de servicio de taxi mediante un conductor no habilitado para prestar dicho servicio o no
habilitado para conducir esa unidad, dará lugar al labrado del acta de comprobación a
su conductor y al titular de la Licencia le será dispuesta la caducidad de la misma,
pudiendo incluso disponerse la inhabilitación del responsable por el término de cinco
(5) años para ejercer la actividad“;
Que, por lo expuesto, resulta necesario dictar el acto administrativo por el cual sea
dispuesta dicha caducidad;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención
de su competencia.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas en el Decreto Nº 498/08 y sus
modificatorios y el Decreto 345/17 que le son propias,
EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
RESUELVE
Artículo 1º.- Disponer la caducidad de la Licencia N° 26.860, para la prestación del
Servicio Público de Automóviles de Alquiler con Taxímetro, expedida a favor de la Sra.
BESSA, CEFERINA D.N.I. 11.479.604.-
Artículo 2º.- Intimar al titular mencionado en el artículo 1° a que en el plazo de cinco
(5) días hábiles de notificada la presente acredite la eliminación de todas las señales
distintivas de taxi del vehículo dominio NPP-995 y efectúe la devolución de toda la
documentación habilitante de la licencia que pudiera estar en su poder, ante la
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5617 - 15/05/2019

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