Resolución N° 181/MSGC/22

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición26 de Enero de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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RESOLUCIÓN N.º 181/MSGC/22
Buenos Aires, 21 de enero de 2022
VISTO: El Decreto Nro. 463-AJG/19 y sus modificatorios, el Expediente Electrónico Nº
09718881-GCABADGEMPP/21, y
CONSIDERANDO:
Que por estas actuaciones la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires
informa que en los autos caratulados: "BERGER MONICA ALEJANDRA Y OTROS C/
GCBA S/ EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA Y EXONERACION)” Expte. Nº
c1.965/2017/0, que tramita ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso
Administrativo y Tributario Nº 21, Secretaria Nº 42, se ha dictado sentencia, mediante
la cual hace lugar a la demanda incoada por los actores contra este Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se encuentra firme;
Que asimismo, ordena a este Gobierno asignar el carácter remunerativo a los
adicionales implementados por la Ordenanza N°45.241, Artículos N° 1 y N° 2,
debiendo liquidar las diferencias salariales en concepto de “Fondo estímulo”;
Que teniendo en cuenta los criterios adoptados en los considerandos del fallo
comunicado y lo dictaminado por la Procuración General de la Ciudad de Buenos
Aires, corresponde dictar el pertinente acto administrativo que disponga liquidar con
carácter remunerativo en lo sucesivo, a partir de la próxima liquidación y desde el 19
de abril de 2012, el rubro correspondiente a las Actas Nros. 25/11 y 14/12 (Incentivo
Fac. Ley 2808 -6367000-);
Que asimismo, en lo referido a los considerandos los agentes en los que se hubiese
producido el cese de sus funciones, la correspondiente liquidación deberá practicarse
hasta la fecha de baja en el nosocomio;
Que a su vez, cabe agregar que las diferencias salariales declaradas a favor de los
actores implicados en autos serán satisfechas en sede judicial, de acuerdo a la
liquidación a aprobarse.
Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto Nº 463-AJG/19 y sus
modificatorios,
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
Artículo 1º.- Proceder a liquidar a los agentes los actores BERGER MÓNICA
ALEJANDRA, DNI 21.351.088; COFRE ANA RUTH, DNl 24.054.975; PARENTE
EDUARDO DANIEL, DNI 20.404.692; BARSY ALEJANDRO JOSÉ, DNl 18.127.878;
LICCIARDI ROBERTO GABRIEL, DNI 17.726.586; DE MARCO FABIANA SUSANA,
DNI 20.204.794; HOJMAN MARGARITA RITA DNI 12.498.160; VARUTTI SILVANA
SANDRA, DNI 16.976.467; JAROSLAVSKY JOSE MARÍA, DNI 24.497.112;
CASTROVIEJO CLELIA BEATRIZ DNI 6.388.515, quienes revistan
presupuestariamente en el Hospital General de Agudos “Dr.T. Álvarez”, a partir de la
próxima liquidación y con carácter remunerativo las sumas originadas en las Actas
Paritarias Nros. 25/11 y 14/12 (Incentivo Fac. Ley 2808 -6367000-);
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6305 - 26/01/2022

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