Resolución Nº 181/GCABA/SSREGIC/16
Firmantes | Cruz |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | SubsecretarÍA Registros InterpretaciÓN y Catastro |
Fecha de la disposición | 1 de Junio de 2016 |
VISTO:
El Expediente N° 23070350/DGROC/2015 de Ajustes de obra para la finca sita en la
calle Fonrouge N° 1890/92/94, y
CONSIDERANDO:
Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso
destinadas a Vivienda Multifamiliar y Local Comercial;
Que se trata de una ampliación conformada por un total de 81.93 m2 de los cuales
15.26 m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (P. Alta: Quincho, Hall); en
tanto que 66.67 m2 fueron llevados a cabo en forma no reglamentaria (PB: Estar-
Comedor; P. Alta: Dormitorios, Estar-Comedor), según surge del cotejo entre el plano
correspondiente a las obras existentes que fueran oportunamente aprobadas s/N° de
Orden 13 Pág. 1/2 (PLANO-2015-23070264-DGROC) y los planos presentados para
regularizar la situación s/ N° de Orden 46 (PLANO-2016-06477883-DGROC), con
destino Vivienda Multifamiliar y Local Comercial;
Que obra s/N° de Orden 11 Pág. 1 a 2 / 3 (RE-2015-23070256-DGROC) la Memoria e
Informe Técnico con carácter de declaración Jurada del profesional habilitado que
interviene en el trámite de regularización;
Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a los presupuestos establecidos en
el Título V del Código Civil; según consta N° de Orden 6 Pág. 1 a 2 / 3 (ACTO-2015-
23070290-DGROC);
Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1.
"Trabajos que requieren permiso de obra", Art. 4.6.3.1. "Áreas y lados mínimos de los
locales de primera y tercera clase" y el Art. ¨Iluminación y ventilación de locales de
primera clase¨ todos del Código de la Edificación;
Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en
contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A.
N° 1607), Resolución N° 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General
n° 24.887;
Que según informe de la D.G.R.O.C. de N° de Orden 53 Pág. 1/3 (IF-2016-10920136-
DGROC) las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el
resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de
habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer los locales,y según la
declaración jurada del profesional interviniente s/N° de Orden 11 Pág. 1 a 2 / 3 (RE-
2015-23070256-DGROC), las mismas no comprometen la estabilidad, seguridad y
...
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