Resolución N° 18 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor26 de Abril de 2023
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición10 de Marzo de 2023
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LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CX - TOMO DCC - Nº 78
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 26 DE ABRIL DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“1983/2023 – 40 AÑOS DE DEMOCRACIA”
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 18
Córdoba, 10 de marzo de 2023
Expediente N° 0047-007127/2017/R35.-
VISTO: este expediente en el que la Secretaría de Arquitectura propicia por
Resolución Nº 000146/2022 se rectique la Resolución Ministerial Nº 384/2022
y se apruebe el Acta de Aceptación de Adecuación Provisoria de Precios N° 16
por las variaciones de costos vericadas en el mes de julio de 2022, en la obra:
“CONSTRUCCIÓN NUEVO PARQUE: Sistematización de Espacios Verdes,
Estacionamiento, Rejas y Puertas de Ingreso en el ex Establecimiento Peniten-
ciario Nº 2, ubicado en calle Videla Castillo Nº 400 – Barrio San Martín – Ciudad
de Córdoba – Departamento Capital”, suscripta con 13 de enero de 2023, entre
la Directora General de Obras de la citada Secretaría y el apoderado de la em-
presa CONSTRUCTORES ASOCIADOS S.A., contratista de la obra.
Y CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 384/2022 de este Ministerio, se aprobó el Acta
de Aceptación de Adecuación Provisoria de Precios N° 16 por las variacio-
nes de costos vericadas en el mes de julio de 2022 en la Obra Madre.
Que habiendo sido elevadas oportunamente las presentes actuacio-
nes al Tribunal de Cuentas de la Provincia para su visación, ese Organismo
dispone con fecha 27 de diciembre de 2022, su devolución sin intervención
por considerar que “…presentan errores formales y/o administrativos…”.
Que la Adecuación de precios de que se trata encuadra en las previsiones
del Decreto Nº 800/2016, modicado por su similar Nº 30/2018, disposiciones
de la Resolución Nº 223/2016 del entonces Ministerio de Vivienda, Arquitectura
y Obras Viales y artículo 37 del Pliego Particular de Condiciones.
Que mediante Resolución Nº 148/2018 del entonces Ministerio de
Obras y Financiamiento, se adjudicó la ejecución de la obra madre a la Em-
presa CONSTRUCTORES ASOCIADOS S.A. suscribiéndose el Contrato
de Obra Pública con fecha 12 de julio de 2018, con un plazo de ejecución
de 180 días a contar desde la suscripción del Acta de Replanteo la cual
fue rubricada el día 25 de octubre de 2018. Asimismo, por Resolución N°
368/2022 de la Secretaría de Arquitectura, se dispuso ampliar el plazo de
obra, jando como nueva fecha de nalización el día 30 de noviembre de
2022, fecha en la cual se suscribió el Acta de Recepción Provisoria.
Que, por otra parte, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 369/2018
(expediente Nº 0047-007127/2017/R2) y N° 186/2021 (expediente N° 0047-
007127/2020/R21) se aprobaron Trabajos Modicatorios, mientras que por
Resolución N° 187/2021 y su similar N° 403/2021, se adjudicaron los Trabajos
Complementarias N° 1 y N° 2 respectivamente (tramitadas en expediente N°
0047-000181/2021). Asimismo, por Resolución Ministerial Nº 225/2022 se apro-
bó el Acta de Aceptación de Adecuación Provisoria de Precios Nº 15 de la obra
madre, por las variaciones de costos vericadas en el mes de abril del 2022.
Que la Empresa CONSTRUCTORES ASOCIADOS S.A. formalizó el pe-
dido de Adecuación Provisoria de Precios de la obra madre mediante nota de
fecha 28 de julio de 2022, acompañando la documentación correspondiente.
Que obra en autos informe de la División Certicaciones, armando
que “…SI se confeccionó Certicado Extraordinario de Pago a Cuenta li-
quidándose el 20% s/Art. 35º del PPC”, con detalle de los partes mensua-
les, advirtiéndose que el avance de la obra madre, registrado al mes de
junio/2022 (parte mensual N° 45) es de 99,44%.
Que el Área Estudio de Costos de la Secretaría de Arquitectura agrega
nuevo Informe de Adecuación Provisoria de la obra madre, del cual surge
que se procedió a vericar los nuevos cálculos en un todo de acuerdo al
Decreto N° 800/2016 y señala que el presupuesto de obra está conforma-
do por la Adecuación que se detalla en la Planilla de Cálculos, siendo la
fecha de adecuación provisoria de la obra madre el mes de julio/2022, del
cual surge una variación del 16,48% e implica un refuerzo económico de $
133.055,28. En consecuencia el nuevo presupuesto total de la obra madre
asciende a la suma de $ 90.327.532,14.
Que dicha área concluye, en denitiva, que los cálculos practicados
se hallan en consonancia con lo dispuesto por el Decreto Nº 800/2016, la
Resolución Ministerial Nº 223/2016, Ley Nº 10.411 y Decreto Nº 259/2017
contemplando la exención del Impuesto a los Ingresos Brutos del inciso 32,
artículo 215 del Código Tributario Provincial.
Que se ha incorporado en autos nueva Acta de Aceptación de Adecuación
Provisoria Nº 16, de la obra madre suscripta con fecha 13 de enero de 2023,
entre la Dirección General de Obras de la Secretaría de Arquitectura y el apo-
derado de la Empresa CONSTRUCTORES ASOCIADOS S.A., por la que se
acuerda la Adecuación Provisoria de Precios de la obra de que se trata, habien-
do renunciado la contratista a todo reclamo por mayores costos, compensacio-
nes, gastos improductivos o supuestos perjuicios de cualquier naturaleza, que
pudieren generarse con la tramitación de las presentes, conforme lo estipulado
por el artículo 14 Anexo I del Decreto Nº 800/2016. Asimismo, deja sin efecto en
todos sus términos el Acta de Adecuación Provisoria de Precio N° 16 suscripta
con fecha 17 de octubre de 2022.
Que se agrega nuevo Documento Contable - Nota de Pedido N°
2023/000081 que certica la reserva presupuestaria para atender la ero-
gación que lo gestionado implica.
Que obra Dictamen N° 422/2022 y proveído de fecha 28 de febrero
de 2023, de la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio
mediante el cual se expresa que, de conformidad a las constancias obran-
tes en autos, surgen acreditados y cumplimentados los extremos legales
necesarios previstos por el Decreto N° 800/2016 y disposiciones de la Re-
solución Nº 223/2016 del entonces Ministerio de Vivienda, Arquitectura y
Obras Viales, atento a que se ha vericado una variación en los precios
ponderados de los factores de costos del contrato superior al diez por cien-
to (10%) respecto a los valores contractuales vigentes.
Que en consecuencia, dicha asesoría considera que al darse el su-
puesto previsto en el artículo 18 del Decreto Nº 800/2016 y sus modica-
torios y contempladas las demás previsiones de dicha normativa para los
cálculos efectuados, vericada la existencia de los supuestos que tornan
procedente la aplicación del precitado Decreto, lo cual queda evidenciado
en lo actuado y aprobado, puede procederse como se gestiona, debiendo
la Secretaría de Arquitectura solicitar oportunamente la integración de la
garantía de contrato y formalizar adenda, habida cuenta que existe una
modicación del precio contractual que produce consecuencias jurídicas
en la ejecución del contrato de obra pública.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictami-
nado por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con
el N° 422/2022 y proveído de fecha 28 de febrero de 2023 en uso de sus
atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- DÉJASE SIN EFECTO la Resolución Ministerial Nº 384
de fecha 6 de diciembre de 2022, por las razones expresadas en los con-
siderandos del presente instrumento legal.

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