Resolución N° 18 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Marzo de 2022
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS
Fecha de la disposición 7 de Febrero de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
5
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXVII - Nº 59
CORDOBA, (R.A.) LUNES 21 DE MARZO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
la Comisión, se confeccionará la Lista de Orden de Mérito, que será publi-
cada en las páginas web ocial de las respectivas Direcciones Generales
y se procederá a la designación correspondiente.
Art. 3°. DISPONER por vía de excepción para el presente ciclo
lectivo la prórroga de las designaciones – interinas y suplentes – realizadas
durante los ciclos 2020 y 2021, aceptando la disponibilidad que exige la
presencialidad.
Art. 4°. DEROGAR toda disposición que se oponga al presente
instrumento legal.
Art. 5°. PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXOS
MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Resolución N° 18
Córdoba, 07 de febrero de 2022
Expediente Nº 0045-023081/2021.-
VISTO: este expediente por el cual se propicia la contratación de dicho
Consorcio a los nes de la ejecución de la obra: “PAVIMENTACIÓN CAMI-
NO SECUNDARIO S-277 - TRAMO: VILLA HUIDOBRO – LÍMITE CON LA
PAMPA - LONGITUD: 20,30 KM - DEPARTAMENTO: GENERAL ROCA, por
la suma de $ 1.048.396.547,40.
Y CONSIDERANDO:
Que consta providencia del señor Presidente del Consorcio Caminero
Único, instando a la contratación de la obra de que se trata, atento que “La
traza actual presenta un camino de tierra que por las acciones climáticas
y el desgaste propio del uso requiere altos costos de mantenimiento, por
lo que es de vital importancia una intervención inmediata a los nes de
conservar el camino existente. La pavimentación y el ensanche del cami-
no permitirá una mejora sustancial a la transitabilidad, contribuyendo al
desarrollo económico y de la infraestructura de la zona”, según surge del
Capítulo I, Punto 1.2.2. “Problemática” del Legajo Único para Contratación.
Que la Jefatura de Departamento I – Estudios y Proyectos de la Di-
rección de Vialidad acompaña documentación técnica que consiste en el
Legajo Único para Contratación, que incluyen el Objeto y Objeto Detallado,
Encuadre Legal y Condiciones de Contratación, Cómputo Métrico y Pla-
nillas, Planos, Anexo Nº XX - Aspectos Ambientales, Pliego Particular de
Condiciones y Especicaciones Técnicas, Régimen de Redeterminación
de Precios y Presupuesto Ocial, Pliego Complementario del Pliego Parti-
cular de Condiciones e Informe Preliminar.
Que, asimismo, consta en autos Presupuesto, Detalle de la Propuesta
Discriminada por ítem y plazo de ejecución de la obra, suscriptos
por 0.0el Presidente del Consorcio Caminero Único, por un total de $
1.048.396.547,40 con IVA incluido, que “corresponde a valores de mercado
según actividades de cotización que realizara oportunamente este Consor-
cio Caminero Único a precios de NOVIEMBRE de 2021”.
Que obran en autos conformidades de los beneciarios, como también
la Resolución Ministerial Nº 450/2021 por la cual se dispone la apertura del
Registro de Opositores de la Obra, en los términos del artículo 3º de la Ley Nº
10.546 y artículo 14 del Anexo Único al Decreto Reglamentario Nº 1.053/2018,
constando la correspondiente publicación en el Boletín Ocial.
Que la Directora General de Coordinación de Obras Públicas, como
Coordinadora de la “Unidad Ejecutora para la Reglamentación y Gestión
del Consorcio Caminero Único”, informa que “ningún contribuyente mani-
festó su oposición a la ejecución de la obra de referencia, concluyendo
una oposición del 0%. Como la oposición registrada es menor al 50%, se
observa que se está en condiciones de proceder a la contratación de la
obra (…)”, razón por la cual insta la prosecución del trámite de que se trata.
Que, asimismo, surge de lo informado en autos que el valor total de la
contribución por mejoras asciende a la suma de $ 314.518.964,22 equi-
valente al 25% del valor de la obra más el 100% del costo de los 70 cen-
tímetros extras de calzada, que deberá ser pagado en cinco (5) cuotas
anuales una vez terminada la obra, la cual “se estima para mayo de 2023”,
indicándose que para la nanciación mencionada se tendrá en cuenta la
evolución del índice del costo de la construcción (ICC-Cba), publicado por
la Dirección de Estadísticas y Censos de Córdoba y que “El aporte restante
del valor total de la obra estará a cargo de la Provincia”.
Que consta conformidad del Fideicomiso para el Desarrollo Agrope-
cuario (FDA) para abonar los fondos correspondientes.
Que la Dirección General de Administración de este Ministerio ha agregado
Documento Contable – Nota de Pedido Nº 2022/000076, que certica la reser-
va presupuestaria para hacer frente a la erogación que la gestión demanda.
Que obra Dictamen Nº 16/2022 de la Dirección General de Asuntos
Legales de este Ministerio en el que se expresa que lo propiciado en autos
encuentra su fundamento en las previsiones del artículo 7º - inciso b) –
punto 4) de la Ley Nº 8.614, modicada por Ley Nº 10.417, artículo 2º de la
Ley Nº 10.546, artículo 2º de la Ley Nº 6.233 y Ley Nº 10.220.
Que dicha asesoría maniesta también que, conforme lo dispuesto
por Ley Nº 10.546, Decreto Nº 1.053/2018, Ley Nº 10.622, Resoluciones
Ministeriales Nº 250/2018 y Nº 100/2019 y competencias especícas de la
Unidad Ejecutora, entendiendo que dicha Unidad dentro de su competen-
cia especíca se ha expedido en relación a la documental técnica obrante
en autos y la conveniencia de contratar con el Consorcio Caminero Único
(artículo 4º - incisos c) y o) de la mencionada Resolución), considerando
que puede contratarse en forma directa con el mencionado Consorcio Ca-
minero en los términos propiciados.
Por ello, actuaciones cumplidas, normas legales citadas, lo dictamina-
do por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el
N° 16/2022 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- CONTRÁTASE en forma directa con el CONSORCIO
CAMINERO ÚNICO la realización de la obra: “PAVIMENTACIÓN CAMINO
SECUNDARIO S-277 - TRAMO: VILLA HUIDOBRO – LÍMITE CON LA
PAMPA - LONGITUD: 20,30 KM - DEPARTAMENTO: GENERAL ROCA,
por la suma de Pesos Mil Cuarenta y Ocho Millones Trescientos No-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR