Resolución N° 18 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 6 de Marzo de 2017 |
Emisor | Ministerio de Vivienda, Arquitectura y Obras Viales |
Fecha de la disposición | 14 de Febrero de 2017 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXVII - Nº 44
CORDOBA, (R.A.), LUNES 6 DE MARZO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
nes, ambos del Ministerio de Salud y visto bueno del señor Secretario de
Arquitectura de este Ministerio, quien maniesta expresamente que dicha
documentación se encuentra en condiciones de ser aprobada, según lo
establecido por el artículo 2º del Decreto Nº 180/08.
Que no obstante ello, la Jefatura de Área de Administración de la Se-
cretaría de Arquitectura incorpora informe en el cual se destaca que el
Pliego Particular de Condiciones agregado en autos resulta adecuado,
ajustándose a lo dispuesto por Anexo II del Decreto N° 1505/2016 y a la
Ley N° 10417, salvo observación efectuada en relación a la vigencia de las
Leyes 10411 y 10412.
Que del Pliego General de Condiciones surge que el procedimiento de
contratación es la Licitación Pública y que el sistema de contratación es
por ajuste alzado, como también que el Presupuesto Ocial asciende a la
suma total de $ 3.733.758,00.
Que obra informe de la Sección Estudio de Costos de la citada Secre-
taría en el cual se expresa que la estructura de costos adjunta en autos
resulta acorde a los precios del mercado al mes de diciembre de 2016.
Que asimismo y conforme lo previsto en el artículo 3º del Decreto Nº
180/08, el Ministerio de Salud deberá respetar las disposiciones de la Ley
de Obras Públicas Nº 8614 y sus Decretos Reglamentarios, como toda otra
normativa aplicable, en relación al procedimiento de contratación.
Que obra Dictamen Nº 26/2017 de la Dirección General de Asuntos Le-
gales de este Ministerio, en el que se expresa que, en virtud de las consi-
deraciones de hecho y derecho vertidas en autos, de los informes técnicos
elaborados por las áreas competentes y visto que se da cumplimiento a
las disposiciones de la Ley Nº 8614, Decretos Reglamentarios Nº 4757/77
y Nº 4758/77, entiende que atento que la obra supera el índice trescientos
(300), resulta oportuno dictar el acto administrativo por el cual se apruebe
la ejecución de la obra.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada y lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº
26/2017 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APRUÉBASE y consecuentemente AUTORÍZASE la eje-
cución de los trabajos a contratar por el Ministerio de Salud referidos a la
obra: “NUEVOS CONSULTORIOS, ESTAR MÉDICO Y AMPLIACIÓN DE
SALA – CAPS ZEPA – ESPERANZA – JUAN PABLO II – PARQUE LAS
ROSAS – CÓRDOBA CAPITAL – PROVINCIA DE CORDOBA”, conforme la
documentación técnica compuesta por Pliego Particular de Condiciones,
Pliego Particular de Especicaciones Técnicas, Planos, Cómputo Métrico
y Presupuesto Ocial por la suma total de Pesos Tres Millones Setecientos
Treinta y Tres Mil Setecientos Cincuenta y Ocho ($ 3.733.758,00).
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, pase al Ministerio de Salud a sus efectos y archívese.
FDO.: JOSÉ GARCÍA MINISTRO DE VIVIENDA, ARQUITECTURA Y OBRAS VIALES
Resolución N° 18
Córdoba, 14 de febrero de 2017
Expediente Nº 0425-324824/2017.-
VISTO: este expediente en el que obran las actuaciones relacionadas con
la contratación de la obra: “REFUNCIONALIZACIÓN Y AMPLIACIÓN CO-
MUNIDAD TERAPÉUTICA / ADICCIONES – HOSPITAL COLONIA SANTA
MARÍA DE PUNILLA – DEPARTAMENTO: SANTA MARÍA DE PUNILLA –
PROVINCIA DE CÓRDOBA”.
Y CONSIDERANDO:
Que se ha agregado en autos la documentación técnica compuesta
por: Croquis de Ubicación, Pliego Particular de Condiciones y sus Ane-
xos, Criterios para Presentación de Proyectos de Ingeniera de Detalles en
Estructuras e Instalaciones, Memoria de Arquitectura, Pliego Particular de
Especicaciones Técnicas de Arquitectura, Pliego Particular de Especica-
ciones Técnicas Estructura, Pliego Particular de Especicaciones Técnicas
Instalación Sanitaria, Pliego Particular de Especicaciones Técnicas Insta-
lación de Gas, Planos, Cómputo Métrico y Presupuestos elaborados por la
Dirección General de Infraestructura del Ministerio de Salud.
Que consta en estas actuaciones solicitud del señor Director General
de Compras y Contrataciones del Ministerio de Salud y visto bueno del
señor Secretario de Arquitectura de este Ministerio, quien maniesta ex-
presamente que dicha documentación se encuentra en condiciones de ser
aprobada, según lo establecido por el artículo 2º del Decreto Nº 180/08.
Que no obstante ello, la Jefatura de Área de Administración de la Se-
cretaría de Arquitectura incorpora informe de fecha 2 de febrero de 2017, en
el cual se destaca que el Pliego Particular de Condiciones agregado en au-
tos resulta adecuado, ajustándose a lo dispuesto por Anexo II del Decreto
N° 1505/2016 y Ley N° 10.417, salvo observaciones en relación al apartado
13) del artículo 12º del Pliego Particular de Condiciones y a la vigencia de
la Ley 10.411.
Que del Pliego General de Condiciones surge que el procedimiento de
contratación es la Licitación Pública y que el sistema de contratación es
por ajuste alzado, como también que el Presupuesto Ocial asciende a la
suma total de $ 9.607.048,25.
Que obra informe de la Sección Estudio de Costos de la citada Secre-
taría en el cual se expresa que la estructura de costos adjunta en autos
resulta acorde a los precios del mercado al mes de diciembre de 2016.
Que asimismo y conforme lo previsto en el artículo 3º del Decreto Nº
180/08, el Ministerio de Salud deberá respetar las disposiciones de la Ley
de Obras Públicas Nº 8614 y sus modicatorias – entre ellas la Ley 10.417
y sus Decretos Reglamentarios, como toda otra normativa aplicable, en
relación al procedimiento de contratación.
Que obra Dictamen Nº 27/2017 de la Dirección General de Asuntos Le-
gales de este Ministerio, en el que se expresa que, en virtud de las consi-
deraciones de hecho y derecho vertidas en autos, de los informes técnicos
elaborados por las áreas competentes y visto que se da cumplimiento a
las disposiciones de la Ley Nº 8614, Decretos Reglamentarios Nº 4757/77
y Nº 4758/77, entiende que atento que la obra supera el índice trescientos
(300), resulta oportuno dictar el acto administrativo por el cual se apruebe
la ejecución de la obra.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada y lo dictaminado
por la Dirección General de Asuntos Legales de este Ministerio con el Nº
27/2017 y en uso de sus atribuciones,
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