Resolución Nº 179/GCABA/MGOBGC/16
Firmantes | Screnci Silva |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Gobierno |
Fecha de la disposición | 4 de Julio de 2016 |
VISTO:
La Resolución N° 174-MGOBGC/16, el Expediente N° 15.484.841-MGEYA-DGRPM/16
y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución citada en el visto, se autorizó al señor Gerardo Siniscalchi, DNI
N° 17.636.654 y al señor Néstor Andrés Arrazola, DNI 24.485.868, a viajar a las
ciudades de Bragado, 9 de Julio y Trenque Lauquen, Provincia de Buenos Aires,
durante los días 25 y 26 de junio del corriente año, con el objeto de concretar
diferentes reuniones con los intendentes de las mencionadas localidades, así como
también, participar en un evento cultural organizado por la Municipalidad de Trenque
Lauquen;
Que en virtud de un error material involuntario, se consignó en el articulo 3° el monto a
entregar a la mencionada Dirección General en concepto de "viáticos", debiendo
indicarse que dicho monto se corresponde a concepto de "viáticos", pesos mil
quinientos sesenta y ocho ($ 1.568.-), y "pasajes", pesos novecientos setenta y dos ($
972.-);
Que el artículo 120 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de Buenos
Aires, establece que: "En cualquier momento podrán rectificarse los errores
meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere
la sustancia del acto o decisión";
Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo que rectifique los
artículos 2° y 3° de la Resolución N° 174-MGOBGC/16.
Por ello y en uso de las facultades conferidas por el artículo 120 de la Ley de
Procedimiento Administrativo de la Ciudad de Buenos Aires,
EL MINISTRO DE GOBIERNO
RESUELVE
quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 2°.- Autorízase la gestión de los
viáticos, pasajes y el alojamiento para los agentes citados en el artículo 1° de la
presente Resolución, de conformidad con el procedimiento previsto en el Decreto N°
477/11 y al amparo de lo establecido en la operatoria instrumentada a través de la
Licitación Pública N° 5/DGCyC/13".
quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 3°.- Hágase entrega a favor de...
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