Resolución Nº 178/GCABA/SSHI/16

FirmantesAlonso Ron
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretarÍA de HÁBitat e InclusiÓN
Fecha de la disposición13 de Julio de 2016

VISTO:

Los Decretos Nros. 363/15, 196/12 y su modificatorio 383/16, la Resolución N°

28/SECHI/14 y su modificatoria Resolución N° 32/SECHI/15, el Expediente N°

14.078.577/SSHI/2016, y

CONSIDERANDO:

Que Decreto N° 363/15 por se aprobó la estructura organizativa, dependiente del

Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose a la

Subsecretaría de Hábitat e Inclusión en la orbita del Ministerio de Hábitat y Desarrollo

Humano;

Que mediante el Decreto N° 196/12 se creó el "Programa de Apoyo a la Gestión Social

del Hábitat y la inclusión", modificado por Decreto N° 383/16 con el objeto brindar

apoyo técnico y económico a las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) que

promuevan iniciativas en procesos participativos de gestión del hábitat, la inclusión

social y la ampliación de ciudadanía;

Que por la Resolución N° 28/SECHI/14 y su modificatoria Resolución N° 32/SECHI/15

reglamentó el mencionado Programa, estableciendo los requisitos que deberán

cumplimentar las referidas instituciones;

Que por el Expediente citado en el Visto tramita el proyecto "Circo por los Barrios"

presentado por la Asociación Mundo Circo-Artes para el Desarrollo Social, cuyo

presupuesto asciende a la suma de Pesos seiscientos noventa y cuatro mil ciento

ochenta y tres ($694.183-), proyecto que ha sido identificado como RE-2016-

14079003-SSHI

Que dicha presentación fue evaluada por la Dirección General de Inclusión Social,

dependiente de esta Subsecretaría, constatando el cumplimiento de los requisitos

institucionales y determinó la viabilidad del proyecto postulado, por lo que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR