Resolución Nº 178/GCABA/SSREGIC/16

FirmantesCruz
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSubsecretarÍA Registros InterpretaciÓN y Catastro
Fecha de la disposición 1 de Junio de 2016

VISTO:

El Expediente N° 8768916/DGROC/2014 de Ajustes de obra para la finca sita en la

calle Remedios de Escalada de San Martin N° 2120, y

CONSIDERANDO:

Que se presentó documentación para registrar obras ejecutadas sin permiso

destinadas a Vivienda Unifamiliar;

Que se trata de una ampliación conformada por un total de 153.64 m2 de los cuales

71.86 m2 fueron llevados a cabo en forma reglamentaria (PB: Cocina); en tanto que

81.78 m2 fueron llevados a cabo en forma no reglamentaria (PB: Cochera; P. Alta:

Habitación de servicio, Baño, Galería, 3 Dormitorios, Baño 2 Balcones y Escalera),

según surge del cotejo entre el plano correspondiente a las obras existentes que

fueran oportunamente aprobadas s/N° de Orden 9 Pág. 3 a 4/6 (PLANO-2015-

02165651-DGROC) y los planos presentados para regularizar la situación s/ N° de

Orden 12 Pág. 1/2 (PLANO-2015-02954525-DGROC), con destino Vivienda

Unifamiliar;

Que obra s/N° de Orden 8 Pág. 7 a 8 / 22 (RE-2015-02165383-DGROC) la Memoria e

Informe Técnico con carácter de declaración Jurada del profesional habilitado que

interviene en el trámite de regularización;

Que la finca en cuestión no se encuentra afectada a los presupuestos establecidos en

el Título V del Código Civil; según consta N° de Orden 8 Pág. 1 a 2 / 22 (RE-2015-

02165383-DGROC);

Que la superficie no reglamentaria a ajustar contraviene los Artículos 2.1.1.1.

"Trabajos que requieren permiso de obra", el Art. 4.6.2.0. "Altura mínima de locales", el

Art. 4.6.3.1. "Áreas y lados mínimos de locales de primera y tercera clase", el Art.

4.6.3.4. "Escaleras principales - Sus Características" y el Art. 7.7.1.2. "Características

constructivas de un garaje" todos del Código de la Edificación;

Que el presente caso encuadra en los términos del Artículo 6.3.1.2. "Obras en

contravención" del Código de la Edificación, modificado por la Ley N° 962 (B.O.C.B.A.

N° 1607), Resolución N° 483/GCABA/SJYSU/2004 y Dictamen de Procuración General

n° 24.887;

Que según informe de la D.G.R.O.C. de N° de Orden 28 Pág. 2/3 (IF-2016-06401217-

DGROC) las obras ejecutadas sin permiso citadas no afectan al inmueble ya que el

resto de lo construido mantiene las condiciones reglamentarias originales de

habitabilidad, iluminación y ventilación que deben satisfacer los locales,y según la

declaración jurada del...

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