Resolución Nº 178/GCABA/APRA/15
Firmantes | Villalonga |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Agencia de protección ambiental |
Fecha de la disposición | 20 de Abril de 2015 |
VISTO:
Las Leyes N° 2628 y N° 2.095 su modificatoria N° 4764, el Decreto N° 1145/GCBA/09
complementado por el Decreto N° 95/GCBA/14, ambos Reglamentarios de la Ley de
Compras y Contrataciones del Sector Público de esta Ciudad, la Resolución N°
1160/MHGC/11 sus normas complementarias, la Resolución N° 137/APRA/14, las
Disposiciones N° 396/DGCYC/14 y N° 121/DGCYC/15, el EX-2015-03763937-
MGEYA-DGTALAPRA y,
CONSIDERANDO:
Que por la RESOL-2015-137-APRA, se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones
Particulares y de Especificaciones Técnicas y se llamó a Contratación Menor N° 8933-
0355-CME15, al amparo de lo establecido en el artículo 38 de la Ley N° 2095 su
modificatoria y el Decreto Reglamentario, estableciéndose al día 14 de abril de 2015 a
las 9.00 horas como fecha de apertura de ofertas;
Que, la Subgerencia Operativa de Compras y Contrataciones publicó el la
convocatoria por ante la página Web del Gobierno de la Ciudad y el Sistema Buenos
Aires Compras (BAC), cursó las invitaciones legalmente exigidas a empresas de plaza
surgiendo del Acta de Apertura de Ofertas que se recibieron 2 (DOS) propuestas;
Que, posteriormente, evaluadas que fueron las ofertas del Informe de Recomendación
surge que la cotización presentada por GASTÓN ALEJANDRO NAVARRO RISSO
(CUIT N° 20-29654079-0), se concluyó que su propuesta es técnica, formal y
financiera admisible tornándose la más conveniente para los intereses de esta
Agencia;
Que, conferida la intervención a la Gerencia Operativa Oficina de Gestión Sectorial,
efectuó el Registro del Gasto por el importe de la propuesta admitida;
Que, en consecuencia, corresponde aprobar la presente Contratación Menor y
adjudicar a favor de GASTÓN ALEJANDRO NAVARRO RISO;
Que la Gerencia Operativa de Asuntos Jurídicos de esta Dirección General Técnica,
Administrativa y Legal ha tomado la debida intervención.
Por ello, en virtud de las competencias conferidas en el Anexo II del Decreto N°
95/GCBA/2014, reglamentario de la Ley N° 2095 y su modificatoria,
EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
RESUELVE
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