Resolucion Nº 178 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorSecretaría de Transporte
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXX - Nº 161
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 19 DE AGOSTO DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
viceversa, (pasando por Malvinas Argentinas y Mi Granja) por Ruta N° A88.
25 ) A fs. 51, 52, 53 y 54 se presentan los horarios para el servicio regu-
lar común que presta la permisionaria en el corredor Córdoba – Monte
Cristo y viceversa, por Ruta N° 19.
26 ) A fs. 55, 56, 57 y 58 se presentan los horarios para el servicio
regular común que presta la permisionaria en el corredor Córdoba –
Malvinas Argentinas y viceversa, por Ruta N° A88.
27 ) A fs. 59 se presentan los horarios para el servicio regular común
que presta la permisionaria en el corredor Córdoba – Obispo Trejo y
viceversa, por Ruta N° 19 – N° 10 y N° 17.
Que a través de la Resolución N° 243/2015 dictada por el Señor Se-
cretario de Transporte la permisionaria resultó adjudicataria de la con-
cesión del servicio público de transporte interurbano de pasajeros por
automotor de los corredores detallados precedentemente.
Por ello, lo dictaminado por el Área Legales de la Secretaría de Trans-
porte bajo el N° 0332/2016 y atento a las facultades conferidas por el
Artículo 40, inciso f) de la Ley N° 8669 y normativa legal vigente, en
uso de sus atribuciones,
EL DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
Artículo 1°.- AUTORIZAR a la Empresa EMPRENDIMIENTOS S.R.L.
para prestar los horarios diagramados a fs. 4 a 59 de autos, para los co-
rredores y modalidades de servicio determinados por Resolución N°
243/2015, quedando sujetos a las modicaciones que eventuales reclamos
las justiquen, debiendo ajustarse a la demanda existente.
Artículo 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, notifíquese, dése copia al Ente Regulador de Servicios Públi-
cos, pase a la Ocina de Infraestructura y archívese.
FDO: ING. MARCELO D. MANSILLA DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
Resolución N° 178
Córdoba, 16 de marzo de 2016
VISTO: Que en el Expediente N° 0048-001503/2015 la Empresa
C.O.T.A. LA CALERA LTDA. (COOPERATIVA OBRERA DEL TRANSPOR-
TE AUTOMOTOR LA CALERA LIMITADA), solicita aprobación de horarios
de Temporada Verano 2015-16 para prestar en el Servicio Regular Común
del corredor LA CALERA – VILLA ALLENDE y viceversa (pasando por Du-
mesnil y Saldán).
Y CONSIDERANDO:
Que la Ocina de Infraestructura del Transporte informa que la diagra-
mación propuesta por la permisionaria no altera el permiso de explotación
que posee la misma y no existe otra empresa que comparta el corredor por
lo que con el objeto de adecuar los horarios para cumplir en temporada
Verano 2015-16, se aconseja su aprobación, debiendo quedar sujetos a las
modicaciones que eventuales reclamos las justiquen.
Que a la Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión compar-
te lo expresado por dicha Ocina, aconsejando se dicte el acto administra-
tivo pertinente.
Por ello, lo dictaminado por el Área Legales de la Secretaría de Trans-
porte bajo el N° 0220/2016 y atento a las facultades conferidas por el Artí-
culo 40, inciso f) de la Ley N° 8669 y normativa legal vigente, en uso de sus
atribuciones,
EL DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
Artículo 1°.- AUTORIZAR a la Empresa C.O.T.A. LA CALERA LTDA.
(COOPERATIVA OBRERA DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR LA CALE-
RA LIMITADA) para prestar en temporada Verano 2015-2016 los horarios
diagramados a fs. 8 y 9 de autos, en el Servicio Regular Común del corre-
dor LA CALERA – VILLA ALLENDE y viceversa (pasando por Dumesnil y
Saldán), quedando sujetos a las modicaciones que eventuales reclamos
las justiquen.
Artículo 2°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Bo-
letín Ocial, notifíquese, dése copia al Ente Regulador de Servicios Públi-
cos, pase a la Ocina de Infraestructura y archívese.
FDO: ING. MARCELO D. MANSILLA DIRECTOR GENERAL DE TRANSPORTE
Resolución N° 179
Córdoba, 16 de marzo de 2016
VISTO:
Que en el Expediente N° 0048-001536/2015 la Empresa SIERRA
BUS S.R.L., solicita aprobación de horarios de Temporada Verano
2015/2016 para prestar en el Servicio Regular Diferencial del corredor
CÓRDOBA – VILLA DOLORES y viceversa (con escala en Mina Clave-
ro y Villa Las Rosas).
Y CONSIDERANDO:
Que la Oficina de Infraestructura del Transporte informa que la
diagramación propuesta por la permisionaria no altera el permiso de
explotación que posee la misma, y con el objeto de adecuar los
horarios a cumplir en Temporada Verano 2015/2016, por lo que se
aconseja su aprobación, debiendo quedar sujeta a las modificacio-
nes que eventuales reclamos las justifiquen.
Que la Dirección de Jurisdicción de Organización y Gestión
comparte lo expresado por dicha Oficina, aconsejando se dicte el
acto administrativo pertinente.
Que el Área Legales de la Secretaría de Transporte emite Dicta-
men N° 0222/2016, en donde concluye que pueden autorizarse los
horarios diagramados para la Temporada Verano 2015/2016.
Por ello, atento a las facultades conferidas por el Artículo 40,
inciso f) de la Ley N° 8669 y normativa legal vigente, en uso de sus
atribuciones,

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