Resolución N° 1776/MCGC/21

EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición15 de Junio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.° 1776/MCGC/21
Buenos Aires, 10 de junio de 2021
VISTO: La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 (texto consolidado según Ley N° 6.347),
la Resolución N° 1264-MCGC/21, el E.E. Nº 12010692-GCABA-DGPMYCH/21, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución N° 1264-MCGC/21 se trasladó al año 2021, los días de
licencia por descanso anual remunerado contemplados en el artículo 18 de la Ley N°
471 (texto consolidado por Ley N° 6.347) devengados en el 2019 y no usufructuados,
correspondientes al personal que revista presupuestariamente en la Dirección General
Patrimonio, Museos y Casco Histórico dependiente de la Subsecretaría de Gestión
Cultural del Ministerio de Cultura, según lo indicado en el Anexo IF-2021-12029833-
GCABA-DGPMYCH;
Que por un error material involuntario se omitió mencionar en el precitado Anexo al
agente Oscar Villarruel (C.U.I.L. N° 20-12504105-2);
Que el artículo 124 de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, establece que: “En cualquier momento podrán rectificarse los errores
meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere
la sustancia del acto o decisión”;
Que, por lo expuesto, resulta necesario rectificar la Resolución N° 1264-MCGC/21;
Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal de este Ministerio ha tomado
la intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 124 de la Ley de
Procedimiento Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
Artículo 1º.- Rectifícase el artículo 1º de la Resolución N° 1264-MCGC/21 que quedará
redactado de la siguiente manera: “Artículo 1º.- Trasládense al año 2021, los días de
licencia por descanso anual remunerado contemplados en el artículo 18 de la Ley N°
471 (texto consolidado por Ley N° 6.347) devengados en el 2019 y no usufructuados,
que se indican en el Anexo (IF-2021-16753421-GCABA-DGPMYCH), que forma parte
integrante de la presente, correspondientes al personal que revista
presupuestariamente en la Dirección General Patrimonio, Museos y Casco Histórico
del Ministerio de Cultura.”
Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su
conocimiento y demás fines, pase a la Dirección General Patrimonio, Museos y Casco
Histórico, la que deberá comunicar a las áreas involucradas de los términos de la
presente Resolución y a la Dirección General Administración y Liquidación de Haberes
de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Hacienda y
Finanzas. Cumplido, archívese en la repartición de origen. Avogadro
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6149 - 15/06/2021

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