Resolución N° 1740/MHFGC/21

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición13 de Mayo de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.º 1740/MHFGC/21
Buenos Aires, 10 de mayo de 2021
VISTO: La Ley N° 471 (Texto consolidado por Ley N° 6347), el Decreto N° 827/01, la
Resolución N° 4865-GCABA-MEFGC/19 y el Expediente Electrónico N° 13.848.916-
GCABA-DGCPUB/21, y
CONSIDERANDO:
Que la Dirección General Crédito Público dependiente de la Subsecretaría de
Finanzas del Ministerio de Hacienda y Finanzas solicita el traslado al año próximo de
los días de licencia ordinaria devengados en 2019 y no usufructuados por razones de
servicio por parte de diversos agentes pertenecientes a la citada Dirección General;
Que por Decreto N° 827/01 se reglamenta el Capítulo VI -Del Régimen de Licencias de
la Ley de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, aprobado por la Ley N° 471;
Que en el artículo 3° del mencionado Decreto se establece que la licencia por
descanso anual remunerado puede ser transferida al año siguiente por Resolución del
titular de la Jurisdicción a la que pertenezca el área peticionante y en la medida que
dicha circunstancia, en cada caso, resulte imprescindible;
Que mediante la Resolución N° 4865-GCABA-MEFGC/19 se aprueban las pautas que
determinan el derecho al goce y traslado de la licencia anual ordinaria;
Que reuniéndose los extremos requeridos y no existiendo inconvenientes para acceder
de conformidad, procede el dictado de la norma que así lo autorice.
Por ello y atento las facultades conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 827/01,
EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- Trasládanse al año 2021 los días de licencia ordinaria devengados en
2019 y no usufructuados por razones de servicio, correspondientes a los agentes
pertenecientes a la Dirección General Crédito Público dependiente de la Subsecretaría
de Finanzas del Ministerio de Hacienda y Finanzas, que se detallan en el Anexo (IF-
2021-13880339-GCABA-DGCPUB), que a todos sus efectos forma parte integrante de
la presente Resolución.
Artículo 2º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a las Direcciones Generales Crédito Público y Técnica, Administrativa y
Legal, ambas del Ministerio de Hacienda y Finanzas y para su conocimiento y demás
efectos, remítase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos. Mura
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6123 - 13/05/2021

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