Resolución N° 174 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Julio de 2018
EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y FINANCIAMIENTO
Fecha de la disposición24 de Mayo de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLI - Nº 100
CORDOBA, (R.A.) MIERCOLES 30 DE MAYO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
Que de los Pliegos incorporados en autos surge que el procedimiento de
contratación es la Subasta Electrónica y que el sistema de contratación
es por Ajuste Alzado Relativo, como también que la contratación com-
prende un primer Renglón de “Obra Civil” con un Presupuesto Ocial de $
3.219.322,63 y un segundo Renglón de “Tendido de electricidad y datos”
siendo el Presupuesto Ocial de $ 927.469,00, calculado a valores del mes
de abril de 2018.
Que obra informe de la Sección Estudio de Costos de la Secretaría de Ar-
quitectura en el cual se expresa que el precio detallado en el presupuesto
total es acorde a valores del mercado al mes de abril de 2018.
Que asimismo y conforme lo previsto en el artículo 3º del Decreto Nº
180/08, el Ministerio de Finanzas deberá respetar las disposiciones de la
Ley de Obras Públicas Nº 8614 y sus modicatorias, entre ellas la Ley N°
10417 y sus Decretos Reglamentarios, como toda otra normativa aplicable,
en relación al procedimiento de contratación.
Que dicho organismo deberá también informar oportunamente de la pre-
sente contratación al Registro de Constructores de Obra Pública, a los -
nes de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 7 -segundo párrafo-
del Anexo I al Decreto 1419/2017.
Que obra Dictamen Nº 198/2018 del Departamento Jurídico de la Dirección
General de Asuntos Legales de este Ministerio en el que se expresa que,
en virtud de las consideraciones de hecho y derecho vertidas en autos, de
los informes técnicos elaborados por las áreas competentes y visto que se
da cumplimiento a las disposiciones de la Ley Nº 8614, modicada por Ley
N° 10417, y Decretos Reglamentarios Nº 4757/77 y Nº 4758/77 y Decreto
Nº 1419/2017, entiende que atento que la obra supera el índice trescientos
(300) resulta oportuno dictar el instrumento legal por el cual se apruebe la
ejecución de la misma. Asimismo, expresamente maniesta que se deberá
dar cumplimiento de la precitada normativa a lo largo de todo el procedi-
miento, en especial lo dispuesto en el artículo 7 del Decreto Nº 1419/2017.
Por ello, actuaciones cumplidas, normativa citada y lo dictaminado por De-
partamento Jurídico de la Dirección General de Asuntos Legales de este
Ministerio con el Nº 198/2018 y en uso de sus atribuciones,
EL MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS
Y FINANCIAMIENTO
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- APRUÉBASE y consecuentemente AUTORÍZASE la ejecu-
ción de los trabajos a contratar por el Ministerio de Finanzas referidos a
la obra: “REFUNCIONALIZACIÓN Y RENOVACIÓN DEL EDIFICIO DE LA
SEDE DE GOBIERNO UBICADO EN CALLE CÓRDOBA Nº 509 – LO-
CALIDAD DE BELL VILLE - PROVINCIA DE CÓRDOBA” conforme la do-
cumentación técnica compuesta por Memoria Descriptiva, Pliego de Es-
pecicaciones Técnicas, Planos, Informe Dominial y Pliego Particular de
Condiciones con sus Anexos, elaborados por la Dirección de Infraestruc-
tura y Descentralización y el Área Contrataciones, ambas del Ministerio de
Finanzas como también el Presupuesto Ocial por la suma total de Pesos
Cuatro Millones Ciento Cuarenta y Seis Mil Setecientos Noventa y Uno con
Sesenta y Tres Centavos ($ 4.146.791,63).
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial, pase al Ministerio de Finanzas a sus efectos y archívese.
FDO: RICARDO SOSA, MINISTRO DE OBRAS PUBLICAS Y FINANCIAMIENTO
Resolución N° 174
Córdoba, 24 de mayo de 2018
VISTO: este expediente en el que obran las actuaciones relacionadas con
la contratación de la obra: “ESCUELA A CREARSE DE NIVEL PRIMARIO
– LOCALIDAD DE RÍO CEBALLOS – DEPARTAMENTO COLÓN – PRO-
VINCIA DE CÓRDOBA – PROGRAMA AURORA.
Y CONSIDERANDO: Que obra en autos Nota del señor Secretario de
Gestión Administrativa del Ministerio de Educación instando el presente
trámite a los nes de la autorización correspondiente para la ejecución
de la obra de referencia, de conformidad a las previsiones del Decreto Nº
180/08 y Decreto Nº 100/17.
Que se ha agregado en autos la documentación técnica compuesta por
Programación Educativa, Memoria Descriptiva de Proyecto, Memoria de
Cálculo, Pliego de Especicaciones Generales para Infraestructura Esco-
lar, Pliego de Especicaciones Técnicas Particulares, Planos, Presupuesto
Ocial y Pliego Particular de Condiciones con sus Anexos, elaborados por
la Dirección General de Infraestructura Escolar y la Dirección de Jurisdic-
ción de Administración ambas del Ministerio de Educación.
Que la Jefatura de Departamento Administración, con el Visto Bueno del
señor Secretario de Arquitectura, incorpora Informe de fecha 4 de mayo de
2018 en el cual se destaca que el Pliego Particular de Condiciones agre-
gado en autos resulta adecuado como base del llamado a licitación pública
que se propicia, ajustándose a las disposiciones del Decreto N° 1505/2016
y de la Ley Nº 10.417, modicatoria de la Ley de Obras Públicas Nº 8614,
con las salvedades allí expuestas.
Que de los Pliegos incorporados en autos surge que el procedimiento de
contratación es la Licitación Pública y que el sistema de contratación es
por Ajuste Alzado, como también que el Presupuesto Ocial asciende a la
suma de $ 25.072.081,89.
Que obra informe de la Sección Estudio de Costos de la Secretaría de
Arquitectura en el cual se expresa que los precios detallados en el presu-
puesto ocial son acordes a valores de mercado al mes de enero de 2018.
Que asimismo y conforme lo previsto en el artículo 3º del Decreto Nº
180/08, el Ministerio de Educación deberá respetar las disposiciones de la
Ley de Obras Públicas Nº 8614 y sus modicatorias, entre ellas la Ley N°
10.417 y sus Decretos Reglamentarios, como toda otra normativa aplica-
ble, en relación al procedimiento de contratación.
Que dicho organismo deberá también informar oportunamente de la pre-
sente contratación al Registro de Constructores de Obra Pública, a los -
nes de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 7 -segundo párrafo-
del Anexo I al Decreto 1419/2017.
Que obra Dictamen Nº 190/2018 del Departamento Jurídico de la Dirección

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