Resolución N° 1736/MHFGC/21

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición13 de Mayo de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.º 1736/MHFGC/21
Buenos Aires, 10 de mayo de 2021
VISTO: La Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto N° 168/19 y
su modificatorio Nº 207/19, el Decreto N° 74/21, la Resolución N° 2.754/GCABA-
MHFGC/20, el Expediente Electrónico N° 28.288.017/GCABA-DGCYC/2.019, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente Electrónico citado en el visto tramita el Convenio Marco de
Compras para la Adquisición de Herramientas Cortantes y Afines, para uso de las
Reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de acuerdo con
el procedimiento electrónico de Adquisiciones y Contrataciones denominado Buenos
Aires Compras (BAC);
Que mediante Resolución N° 2.754/GCABA-MHFGC/20, se aprobó la Licitación
Pública N° 623-1442-LPU19 y se adjudicó a las firmas: ABC LATINOAMERICANA DE
COMERCIALIZACIÓN S.A. en la suma total de hasta PESOS VEINTINUEVE
MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS
NOVENTA Y SIETE con 50/100 ($ 29.345.497,50.-); DANIEL OSCAR CUCULO, en la
suma total de hasta PESOS UN MILLON SEISCIENTOS SEIS MIL OCHOCIENTOS
OCHENTA con 00/100 ($ 1.606.880,00.-); LICICOM S.R.L., en la suma total de hasta
PESOS DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CIENTO
CUARENTA Y TRES con 00/100 ($ 19.564.143,00.-); PROYECTO A S.R.L., en la
suma total de hasta PESOS SEISCIENTOS CINCO MIL SEISCIENTOS DOCE con
50/100 ($ 605.612,50.-); y, LAURENCE JAVIER DRUSCOVICH, en la suma total de
hasta PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS con 00/100 ($
543.300,00.-), conforme surge del Informe N° IF-2020-12430195-GCABA-DGCYC, por
las cantidades y precios que constan, para cada renglón adjudicado, en el Anexo I (IF-
2020-13457328-GCABA-MHFGC);
Que atento a que el vencimiento del Convenio que nos ocupa opera el día 14 de Mayo
de 2.021, se considera pertinente prorrogar la vigencia de la referida contratación por
el plazo de doce (12) meses consecutivos a partir de esa fecha, o hasta el
perfeccionamiento de un nuevo contrato, lo que ocurra primero, al amparo de lo
establecido en el Artículo 45 del Decreto N° 168/18, en el Artículo 110 (ex 119) Inciso
III de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley Nº 6.347) y en el Artículo 8 del Pliego
de Bases y Condiciones Particulares que rigiera el proceso de marras;
Que, en ese sentido, el Artículo 45 del Decreto N° 168/19, sobre la prórroga de los
Convenios Marco, establece que: “(...) El plazo de vigencia será especificado en los
Pliegos, debiendo ajustarse a lo establecido en el Artículo 119 de la Ley Nº 2.095
(texto consolidado por Ley N° 6.017) (...)”;
Que, asimismo, el Artículo 8 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares prevé lo
siguiente: “(...) El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reserva el
derecho de prórroga del presente, de acuerdo a lo establecido en el artículo 119, inc
III) de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.017), reglamentada por Decreto
N° 168/19 y su modificatorio Decreto N° 207/19 (...)”;
Qué por su parte, el Artículo 110 (ex 119), Inciso III de la Ley Nº 2.095 (texto
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6123 - 13/05/2021

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