Resolución N° 173/ISSP/21

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición19 de Agosto de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.º 173/ISSP/21
Buenos Aires, 12 de agosto de 2021
VISTO: La ley N° 5.688 (texto consolidado por ley N° 6.347) modificada por ley Nº
6.395, las Resoluciones Nº 60/ISSP/18, N° 38/ISSP/19, Nº 61/ISSP/20, Nº
144/ISSP/21 y Nº 167/ISSP/21, la Nota Nº 21759586/SAISSP/21, el Expediente
Electrónico Nº 22056793/SGISSP/21, y
CONSIDERANDO:
Que la ley N° 5.688 (texto consolidado por ley N° 6.347) modificada por ley Nº 6.395,
establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema Integral de
Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo referente a su
composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y funcionamiento,
así como para la formulación, implementación y control de las políticas y estrategias
de seguridad pública;
Que conforme dispone la mentada ley, el Instituto Superior de Seguridad Pública está
a cargo de un Director designado por el Ministro de Justicia y Seguridad, quien ejerce
su gobierno, administración y representación, y al cual le corresponde establecer la
estructura orgánica y designar la conducción académica y administrativa del mismo;
Que se constituye como una instancia de apoyo de la conducción política de aquel,
siendo además el órgano rector de la formación y capacitación continua y permanente
de todos los actores involucrados en el mismo, y de todos aquellos sujetos públicos o
privados vinculados con los asuntos de la seguridad;
Que conforme el artículo 410 del citado cuerpo normativo, la formación y capacitación
general en materia de seguridad pública está destinada a todos aquellos funcionarios y
personal que integran los organismos públicos involucrados en el aludido Sistema
Integral, y a los que intervengan en los procesos de elaboración, ejecución y
evaluación de estrategias y políticas públicas en materia de seguridad, como así
también a todos los ciudadanos interesados en formarse en temas de seguridad
pública;
Que la seguridad pública constituye un deber propio e irrenunciable del Estado local, el
cual debe entre otras cosas-, arbitrar los medios para salvaguardar la libertad, la
integridad y los derechos de las personas, y el orden público, formulando,
implementando y controlando políticas públicas tendientes a asegurar la convivencia y
fortaleciendo la cohesión social dentro del Estado de Derecho;
Que en dicho marco, y tras la experiencia colectada durante el desarrollo del “Curso
de Capacitación para el Cuerpo Especial de Seguridad y Vigilancia de la Ciudad de
Buenos Aires”, aprobado mediante Resolución Nº 60/ISSP/18, ante las diversas
modificaciones que han sido efectuadas dentro de las reglamentaciones propias del
Cuerpo Especial, sus protocolos y su competencia, como de la nueva legislación
vigente en materia de cuestiones de género y violencia familiar, Ley Micaela-, por
medio de la Resolución Nº 144/ISSP/21 se dejó sin efecto este Curso, aprobándose
una versión actualizada del mismo, denominándoselo “Curso de Capacitación para el
Cuerpo Especial de Seguridad y Vigilancia de la Ciudad de Buenos Aires”, cuyo
programa y contenidos se encuentran comprendidos como anexo de la misma;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6196 - 19/08/2021

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