Resolución Nº 173/GCABA/SSASS/15
Firmantes | Guevara |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Subsecretaría de Administración del Sistema de Salud |
Fecha de la disposición | 26 de Febrero de 2015 |
VISTO:
el Decreto N° 556/2010, modificado por Decreto N° 752/2010, Resolución 113-SSASS-
14 y su rectificatoria Resolución 116-SSASS-14 y el EE-2015-2828417-DGRFISS, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el Visto tramita la aprobación del gasto correspondiente
a la prestación del Servicio de Lavado, Secado, Planchado, Retiro y Entrega de Ropa
de Cama y Ropas sueltas varias, en el marco del Decreto N° 556/2010, modificado por
el Decreto N° 752/ 2010, realizado por la firma "LAVADERO ANCA S.A.", durante el
mes de Diciembre de 2014, en el Hospital de Salud Mental "Dr. Braulio Moyano", por
un monto de PESOS TRESCIENTOS CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y UNO
CON CUARENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 304.291,45);
Que por Resolución 131-SSASS-14, -comunicada por NO-2014-4527579-DGADC- se
aprobó el Procedimiento aplicable a gastos, encuadrados en el Anexo II del Decreto
556/2010 y su modificatorio Dto. 752/2010;
Que en función de lo allí establecido la Dirección General Administrativa Contable ha
procedido a verificar el contenido y consistencia de la documentación obrante en los
presentes, observando mediante IF-2014- 12080243-DGADC, recaído en el EE-2014-
04487866-DGRFISS, la falta de cumplimiento de algunos puntos allí establecidos;
Que al respecto cabe señalar que en función de ello este nivel instruyó a la Dirección
General Recursos Físicos en Salud a través de ME-2014-12319829-SSASS a fin que
garantice "...en lo sucesivo el efectivo cumplimiento del procedimiento aprobado por
este nivel";
Que en atención a lo expuesto en NO-2014-3708749-HNBM suscripta por la Dirección
del efector, toma intervención la Dirección General de Recursos Físicos en Salud y
mediante IF-2014-03797325-DGRFISS, recaídos en el EE-2014-3798077-DGRFISS,
da cuenta de la salida del servicio de Lavadero propio del efector;
Que asimismo, solicita la puesta a cero de la maquinaria, capacitación del personal
que opera dicho lavadero, tercerización del servicio de mantenimiento de las
instalaciones una vez reparadas, y la contratación de un servicio tercerizado durante el
tiempo que se encuentre inoperativo el lavadero para atender las necesidades básicas
del hospital;
Que el monto de la prestación se corresponde con lo establecido...
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