Resolución N° 173/14

Provincia de Buenos Aires.

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA.

ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA.

Resolución N° 173/14.

La Plata, 5 de noviembre de 2014.

VISTO el Marco Regulatorio de la Actividad Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires, conformado por la Ley 11769 (T.O. Decreto N° 1.868/04), su Decreto Reglamentario N° 2479/04, el Contrato de Concesión suscripto, la Resolución Ministerial N° 061/09, la Resolución OCEBA N° 0085/09, lo actuado en el expediente N° 2429-111/2011, y CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones indicadas en el Visto, este Organismo de Control ha solicitado a la COOPERATIVA DE PROVISIÓN DE SERVICIOS ELÉCTRICOS, PÚBLICOS Y SOCIALES DE SAN PEDRO LTDA. toda la información correspondiente al período comprendido entre los meses de enero a diciembre de 2010, de la Etapa de Régimen, respecto de la eventual penalización que pudiera corresponder por apartamientos a los límites admisibles de Calidad de Servicio Comercial;

Que, la Distribuidora remitió las diferentes constancias con los resultados del período en cuestión (fs. 3/229); Que sobre dichos informes y como consecuencia de la actividad de auditoría de verificación llevada a cabo y del informe del auditor (fs. 230/238), el Área Control de Calidad Comercial de la Gerencia de Control de Concesiones sostuvo que: “…con respecto a la información remitida por la Concesionaria en las presentes actuaciones, la Cooperativa informa que han existido penalidades aplicables en el período comprendido entre los meses de enero a diciembre del año 2010 por $ 937,78…”(f. 239); Que, en otro orden, señala que: “…no se han detectado inconsistencias en la información constatada y/o incumplimientos, faltas o deficiencias en la gestión comercial de la Cooperativa, a las que remito por razones de brevedad…”; Que, el mentado informe, fue compartido por la Gerencia de Control de Concesiones (f. 240); Que, en atención a lo expuesto, cabe señalar que se verificó la consistencia de la información remitida por la Distribuidora, tanto con la obrante en su base de datos como en la documentación de respaldo;

Que conforme ya lo ha sostenido éste Organismo de Control en casos análogos respecto a los aludidos montos de...

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