Resolución Nº 1708/GCABA/MAYEPGC/16

FirmantesMacchiavelli
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorMinisterio de Ambiente y Espacio Público
Fecha de la disposición13 de Octubre de 2016

VISTO:

Las Leyes N° 992, 1.854 y 5.460, el Decreto N° 424/GCBA/2009, las Resoluciones N°

971/MAYEPGC/2009, N° 1703-MAYEPGC-2009 y N° RESOL-2016-32-MAYEPGC, el

Expediente Electrónico N° EX-2016-22004339-DGREC, y

CONSIDERANDO:

Que por el actuado citado en el Visto, tramita la presentación efectuada por la

Cooperativa de Trabajo Amanecer de los Cartoneros Limitada mediante la cual solicita

un incremento de los subsidios destinados a solventar los recursos humanos incluidos

en el marco del Subproyecto "Recuperador Ambiental" vinculado al "Proyecto

Reciclando Buenos Aires" aprobado por Resolución N° 1003/MAYEPGC/09, del

Proyecto Logística Vehicular para el Servicio de Recolección Diferenciada y del

Proyecto de Operarios y Auxiliares en Plantas de Clasificación de Residuos Sólidos

Urbanos Secos - Programa de Auxiliares Administrativos, ambos aprobados por

Resolución N° 1.290/MAYEPGC/2015;

Que por la Ley N° 992, se declara Servicio Público a los Servicios de Higiene Urbana

de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se prevé la incorporación de los

recuperadores de residuos reciclables al proceso de recolección diferenciada en el

Servicio de Higiene Urbana vigente, así como el cumplimiento de los objetivos que

específicamente la norma enumera;

Que, en el particular, dicha norma creó el Registro Único Obligatorio Permanente de

Recuperadores de Materiales Reciclables (RUR) y el Registro Permanente de

Cooperativas y Pequeñas y Medianas Empresas (REPyME);

Que, a su vez, la Ley N° 1.854, de "Gestión integral de residuos sólidos urbanos -

Basura Cero", estableció como uno de sus objetivos generales el de desarrollar

instrumentos de planificación, inspección y control con participación efectiva de los

recuperadores urbanos, que favorezcan la seguridad, eficacia, eficiencia y efectividad

de las actividades de gestión de los residuos;

Que en su artículo 48 la Ley N° 1.854 dispone que "Es autoridad de aplicación de la

presente el organismo de más alto nivel con competencia en materia ambiental que

determine el Poder Ejecutivo";

Que mediante el Decreto N° 424/GCBA/09 se creó el "Programa para Entes dedicados

a la Recuperación de Materiales Reciclables y Reutilizables, en el ámbito del Ministerio

de Ambiente y Espacio Público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires", destinado a subsidiar a los Recuperadores Urbanos inscriptos en el Registro

Único Obligatorio Permanente de...

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