Resolución Nº 1707/GCABA/MAYEPGC/17
Firmantes | Macchiavelli |
Emisor | MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO |
VISTO:
La Ley N° 1218, el Decreto N° 363/15 y sus modificatorios, la Resolución N°
1262/MAYEPGC/13, las Disposiciones N° 113/DGLIM/2016 y N° 160/DGLIM/2017 los
expedientes electrónicos N° EX-2017-04771692-MGEYA-DGLIM; EX 2016-17695217-
MGEYA-DGLIM; EX 2017-15322681-MGEYA-DGTALMAEP, EX 2016-19756510-
MGEYA- DGLIM, EX 2016-20654320-MGEYA-DGLIM y EX 2017-17451692-MGEYA-
MAYEPGC y,
CONSIDERANDO
Que el servicio público de higiene urbana para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
se lleva a cabo en el marco de la Licitación Pública Nacional e Internacional N°
997/SIGAF/13, con un plazo contractual de 10 años de acuerdo al Art. 10 del Pliego de
Bases y Condiciones Particulares;
Que mediante Resolución N° 1262/MAYEPGC/2013 se le adjudicó a la empresa
ECOHABITAT S.A. Y OTRA - UTE la prestación del Servicio Público de Higiene
Urbana - Fracción Húmedos - para la Zona 4;
Que mediante la Disposición N° 113/DGLIM/2016 del día 30 de agosto de 2016 se le
impusieron a la prestataria tres multas de $ 3.875,48, $ 69.138,09 y de $ 6.274,44
conforme el art. 58 -FALTAS LEVES apartado 3°, 4° y 5° - del Pliego de Bases y
Condiciones Particulares de la Licitación Pública Nacional e Internacional N°
997/SIGAF/2013, respectivamente;
Que en el expediente electrónico N° 2017-04771692-MGEYA-DGLIM obra el recurso
de reconsideración con jerárquico en subsidio contra los términos de la Disposición
antedicha, notificada el 9 de septiembre de 2017, presentado por Mabel Elisa Luján en
su carácter de apoderada de ECOHABITAT S.A. Y OTRA - UTE, argumentando vicios
del acto dictado en su objeto, causa, motivación, procedimiento y finalidad tornándolo
nulo de nulidad absoluta;
Que por Disposición N° 160/DGLIM/2017 ha sido desestimado el recurso de
reconsideración contra la Disposición N° 113/DGLIM/2017, notificada el 30 de junio de
2017;
Que por el expediente N° 2017-17451692-MGEYA-MAYEPGC, tramita ampliación de
fundamentos presentada por la prestataria el 1° de agosto de 2017, en legal tiempo y
forma, de conformidad con lo establecido por el artículo 111 y 112 de la Ley de
Procedimiento Administrativo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - texto
consolidado por Ley N° 5666 -;
Que los agravios formulados por la recurrente en su ampliación fueron analizados por
la Dirección General Limpieza mediante informe N° 2017-18614293-DGLIM la cual al
respecto señalo que en cuanto a la...
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