Resolución N° 170/OAYF/18

EmisorConsejo de la Magistratura
Fecha de la disposición24 de Septiembre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.º 170/OAyF/18
Buenos Aires, 11 de septiembre de 2018
VISTO:
El Expediente DGCC N° 232/17-0 caratulado “D.G.C.C. s/ Impresión Publicaciones
Centro Formación Judicial (T.S.J.)”, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Memo N° 429/2017 (fs. 3/7) la Editorial Jusbaires solicitó la impresión
de mil (1.000.-) ejemplares del Código Civil y Comercial de la Nación quinientos (500.-)
del libro “Visiones y Misiones de Capacitación Judicial” y quinientos (500.-) del libro
“Capacitar - Herramientas para la Formación y la Gestión Judicial”, según las
características técnicas que adjuntó, destinados al Centro de Formación Judicial (cfr.
Memo CFJ N° 572/17).
Que entonces, la Dirección General de Compras y Contrataciones adjuntó a fojas
14/16 los presupuestos elaborados por Eudeba S.E.M. para la contratación requerida
que ascienden a la suma total de doscientos setenta y cinco mil sesenta pesos
($275.060,00).
Que luego, la Dirección General de Compras y Contrataciones puso de resalto que la
firma Eudeba S.E.M. es una sociedad de economía mixta y que la conformación de su
capital social reúne capitales públicos pertenecientes en este caso a un ente
administrativo autárquico como lo es la Universidad de Buenos Aires. En razón de ello,
manifestó que correspondía encuadrar la presente contratación en el inciso 11 del
artículo 28° de la Ley 2095, modificado por la Ley 4764 (fs. 18 y Nota DGCC de fs. 22).
Que en cumplimiento con lo dispuesto por la Ley 70, el Tribunal Superior de Justicia
realizó la transferencia del importe correspondiente a este Consejo de la Magistratura
(fs. 20) y la Dirección General de Compras y Contrataciones remitió el copia del
comprobante a la Dirección General de Programación y Administración Contable para
su imputación correspondiente (v. Memo DGCC N° 56/2018 de fs. 21).
Que a su turno, la Editorial Jusbaires prestó conformidad a las características técnicas
obrantes en los presupuestos remitidos por la Editorial Eudeba SEM glosados a fojas
14/16 (cfr. Memo N° 61/2018 de fs. 26).
Que posteriormente la Dirección General de Asuntos Jurídicos tomó la intervención
que le compete y emitió el Dictamen Nº 8157/2018. Allí, luego de realizar la reseña de
lo actuado y el análisis jurídico correspondiente, manifestó que “(…) no corresponde
que el Consejo de la Magistratura efectúe la contratación directa en los términos del
artículo 28, inciso 11 de la Ley 2095 con la editorial Eudeba, toda vez que la necesidad
de contratación tiene origen en el Centro de Formación Judicial, órgano que
actualmente no integra su estructura y que no surgen constancias del expediente que
justifique que este Organismo tramite una contratación que en principio corresponde al
Tribunal Superior de Justicia”, finalmente concluyó “(…) esta Dirección General de
Asuntos Jurídicos entiende que, en este estado de las actuaciones no corresponde
proseguir con la contratación impulsada” (fs. 36/37). Que no obstante lo dictaminado
por el órgano de asesoramiento jurídico permanente de este Consejo de la
Magistratura, se debe notar que por la Resolución CM N° 716/2009 se aprobó la
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5463 - 24/09/2018

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