Resolución Nº 1686/GCABA/MHGC/15
Firmantes | Grindetti |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Ministerio de Hacienda |
Fecha de la disposición | 2 de Diciembre de 2015 |
VISTO
El Expediente N° 264.896/10 e incorporado, mediante el cual se instruyó sumario
administrativo N° 193.40/09 y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución N° 1062-MHGC-09 se ordenó instruir sumario
administrativo a efectos de esclarecer los hechos y deslindar responsabilidades, con
motivo del Informe N° 4/09 elaborado por la ex Dirección de Auditoría de la Unidad de
Gestión de Recursos Humanos;
Que, en autos obra el Informe N° 4/09, producido por la entonces Dirección de
Auditoría de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, mediante el cual se
procedió a efectuar un control especial de documentación en el Hospital General de
Agudos "Teodoro Álvarez", que abarcó el periodo comprendido entre el 01/08/07 y el
30/11/08, inclusive;
Que, señaló esa Dirección de Auditoría en el mentado informe, que se detectaron
numerosos casos de inasistencias injustificadas en que incurrieron distintos agentes
del citado nosocomio y que no se había dado estricto cumplimiento a lo establecido en
los artículos 47 y 48 de la Ley N° 471;
Que, se expidió la Procuración General mediante Dictamen PG N° 070355/09,
considerando que los hechos denunciados merecen una investigación, y de resultar
correspondería aplicar las sanciones disciplinarias establecidas por la Ley N° 471,
Que, en autos obra descargo de la Jefa de División Personal del Hospital General de
Agudos "Teodoro Álvarez", Silvia S. de Femández, referido al Informe de Auditoría N°
4/09, acompañado de la documentación relacionada con el tema;
Que, en autos se glosó la nómina de agentes del Hospital General de Agudos
"Teodoro Álvarez", que durante el período 2008 inasistieron a sus tareas y/o
registraron llegadas tarde y estarían encuadrados en los artículos 47 y 48 de la Ley N°
471, la cual fue elevada por la Jefa de División Personal, Femández, a la Directora,
Dra. Diana Galimberti, mediante nota. Todo fue elevado a la Dirección General Región
Sanitaria II, por Informe N° 384/HGATA/09;
Que, mediante Disposición N° 08-DGSUM-09, se ordenó investigar en expedientes
separados los hechos vinculados a cada agente, identificándolos con un número de
actuacion individual, para ser anexados al Sumario que tramita por el Expediente N°
13.158/08;
Que, de acuerdo con ello, el Ministro de Hacienda ordenó, mediante Resolución N°
3248/MHGC/09, la ampliación del objeto de investigación dispuesto por Resolución N°
1062-MHGC-09, en orden a las anomalías puestas de manifiesto mediante el Informe
N° 4/09 de la ex Dirección de Auditoría de la entonces Unidad de Gestión de Recursos
Humanos, en virtud de la facultad conferida por el artículo 9° in fine del Decreto 826-
01;
Que, se certificó que las fotocopias glosadas en autos son reproducción fiel de sus
originales, correspondientes al Expediente N° 35.878/09 e incorporado Expediente N°
13.156/09, por el que tramita el Sumario N° 193/09;
Que, en autos consta la remisión de las actuaciones a la Mesa General de Entradas,
Salidas y Archivos, con el fin de caratularIas y destinar el presente sumario
particularmente a la investigación de la conducta de la agente María Isabel Fernández,
F.C. N° 363.493;
Que, en mérito a las referidas constancias y abierta la instrucción, se solicitaron por
Nota N° 512.323-DGSUM-10 y agregaron informes con relación al período
comprendido entre el 01/08/07 y el 30/11/08, requiriéndose que se individualizaran las
fechas en las que acaecieron las inasistencias o llegadas tarde, la remisión de copias
certificadas de las constancias documentales que acreditaran tales circunstancias, si
por los hechos aludidos se le aplicó a la agente en cuestión alguna sanción
disciplinaria y/o descuentos de haberes y, en caso afirmativo, remitiese las
constancias que lo avalasen, todo ello del Hospital General de Agudos "Teodoro
Álvarez";
Que, en su nota, dirigida a la Jefa de Recursos Humanos de dicho nosocomio,
empleada Mirta Báez, la agente María Isabel Fernández expresó que las inasistencias
injustificadas del año 2008 fueron ocasionadas porque estaba realizando un
tratamiento médico por depresión aguda. Dijo que encontrándose en uso de licencia
especial, el médico consideró que era conveniente que trabajara en el turno de la
mañana, de 07:00 a 14:00 hs;
Que, prosiguió relatando que al comienzo prestó servicios...
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