Resolución N° 166/ISSP/21

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición17 de Agosto de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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RESOLUCIÓN N.º 166/ISSP/21
Buenos Aires, 10 de agosto de 2021
VISTO: La ley Nº 5.688 (texto consolidado según ley N° 6.347) modificada por ley Nº
6.395, las Notas N° 18999412/SOU/21 y N° 22918572/SAISSP/21, la Providencia N°
20839530/SAISSP/21, el Expediente Electrónico N° 20674186/GCABA/SGISSP/21, y
CONSIDERANDO:
Que la ley Nº 5.688 (texto consolidado según ley N° 6.347) modificada por ley Nº
6.395, establece las bases jurídicas e institucionales fundamentales del Sistema
Integral de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en lo referente
a su composición, misión, función, organización, dirección, coordinación y
funcionamiento, y para la formulación, implementación y control de las políticas y
estrategias de seguridad pública;
Que el Instituto Superior de Seguridad Pública se constituye como una instancia de
apoyo de la conducción política del Sistema Integral de Seguridad Pública y órgano
rector de la formación y capacitación continua y permanente de los actores
involucrados, entre los que se encuentra la Policía de la Ciudad;
Que el artículo 68 de la citada ley, prescribe que la Policía de la Ciudad cumple
funciones de seguridad general, prevención, investigación de los delitos, protección y
resguardo de personas y bienes, y de auxiliar de la justicia;
Que entre los derechos esenciales del personal policial se encuentra la capacitación
permanente para la mejora del desarrollo de sus funciones y labores policiales, y entre
sus deberes y obligaciones, se encuentra el de asistir a las actividades de
capacitación, actualización, entrenamiento y especialización que establezca este
Instituto;
Que conforme establece el artículo 372, la formación y capacitación en general, tiende
a la profesionalización y especialización del desempeño policial de acuerdo a la
función específica de cada uno de los cargos que ejerciera el oficial a lo largo de la
carrera policial. Asimismo, el plan de formación y capacitación se desarrolla teniendo
en cuenta las competencias funcionales necesarias para el desempeño eficiente del
cargo;
Que la capacitación consiste en el adiestramiento, entrenamiento, perfeccionamiento y
actualización permanente a lo largo de toda la carrera profesional, y está asentada en
la producción de capacidades y competencias específicas derivadas de las tareas
básicas propias de los perfiles y especialidades policiales, como surge del artículo 375;
Que con el objetivo de satisfacer las demandas de seguridad local, la Policía de la
Ciudad implementa una modalidad de trabajo que involucra el despliegue de
operaciones urbanas de contención con el objeto de mantener o restablecer el Orden
Público ante manifestaciones o eventos que convocan a multitudes, algunos de los
cuales presentan ciertas complejidades y mayores riesgos;
Que las particularidades de este trabajo, demanda una constante lectura, análisis y
actualización de la doctrina operativa;
Que mediante Nota N° 198999412/SOU/21 desde la División Entrenamiento Policial
del Departamento de Organización Estratégica de la Superintendencia de Orden
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6194 - 17/08/2021

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