Resolución Nº 166/GCABA/SSADS/16
Firmantes | Ferrero |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | SubsecretarÍA AdministraciÓN de Seguridad |
Fecha de la disposición | 20 de Octubre de 2016 |
VISTO:
La Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por
Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/GCABA/1997 ratificada por Resolución N°
41/LCABA/98 (texto consolidado según Ley N° 5.454), el Decreto N° 224/13, las
Resoluciones Conjuntas Nros. 11/SECLYT/13, 1/SECLYT/14, 10/SECLYT/14,
2/SECLYT/15, las Resoluciones Nros. 1.727/MHGC/15 y 36/SSADS/16, el Expediente
N° 17166801-SSADS-16, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución N° 36-SSADS/16, se autorizó la contratación de Calatayud
María Virginia, CUIT 27-24498356-7, bajo el régimen de locación de servicios, para
prestar servicios en el ámbito de la Subsecretaría de Administración de Seguridad, en
el modo, monto y período que se detalla en el Anexo I (IF-2016-17984613-SSADS)
que forma parte integrante de la norma citada, de acuerdo a la facultades otorgadas
por el Decreto N° 224/13, la Resolución N° 1727-MHGC/15, y las Resoluciones
Conjuntas N° 10-SECLYT/14 y 02-MJGGC/15;
Que se verificó la consignación de un error material originado en el Sistema Loys, por
el cual no resultó posible continuar su normal tramitación, requiriendo en virtud de ello
rectificar la fecha de inicio del contrato de locación de servicios de Calatayud Maria
Virginia, CUIT 27-24498356-7 indicado en el Anexo I (IF-2016-17984613-SSADS) de
la Resolución N° 36-SSADS/16;
Que el artículo 120 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de
Buenos Aires aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/GCABA/1997
ratificada por Resolución N° 41/LCABA/98 (texto consolidado según Ley N° 5.454)
establece que en cualquier momento podrán rectificarse los errores meramente
materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo
sustancial del acto o decisión;
Que en ese sentido corresponde rectificar parcialmente el Anexo I aprobado por la
Resolución N° 36- SSADS/16 por el Anexo I identificado como IF-2016-17984613-
SSADS.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
LA SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN DE SEGURIDAD
RESUELVE
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