Resolución Nº 162/GCABA/ASINF/15

FirmantesMartínez
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorAgencia de Sistemas de Información
Fecha de la disposición21 de Agosto de 2015

VISTO:

El Decreto N° 752/GCABA/10, el Expediente Electrónico N° 03071643

/MGEYA/ASINF/2.013, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el visto tramita la autorización para el pago de

los "Servicios de Quality Control Funcional y Técnico de aplicaciones de software"

prestado por la empresa S&M CONSULTING S.A., por la suma de pesos trescientos

diez mil setecientos ochenta y siete con 50/100 ($ 310.787,50), por el periodo del 1 de

junio al 31 de julio del 2015;

Que dicho servicio es prestado por la empresa de referencia según Orden de Compra

N° 8056-1759-OC13, cuya fecha de finalización fue el 20 de junio de 2014, por un

importe mensual de pesos doscientos ochenta y siete con 50/100 ($ 287,50.) la hora;

Que asimismo resaltó, que a través del Informe N° 10479872-DGISIS-2014, la

Dirección General de Integración de Sistemas solicitó se amplíe el mencionado

servicio prestado por la Orden de Compra original N° 8056-1759-OC13, remarcando la

necesidad de dar continuidad al Servicio a fin de continuar con las actividades de

calidad planificadas, sin generar demoras a los procesos de testing encaminados con

el fin de lograr los objetivos en las fechas comprometidas;

Que en virtud de ello señaló, que si bien está prevista la ampliación del Servicio en el

Pliego de Bases y Condiciones Particulares, de conformidad con lo establecido en el

Artículo 117

de la Ley N° 2.095, su modificatoria y reglamentario Decreto N°.

95/GCABA/14, dicha ampliación no se instrumentó por dificultades administrativas

sobrevinientes, razón por la cual sólo es posible aprobar el gasto a través de lo

normado en el Artículo 6 del Decreto N° 752/GCABA/10;

Que en tal sentido, por el artículo 6° del Decreto N° 752/GCABA/10 se faculta a los

funcionarios mencionados en el anexo II "... para aprobar, los gastos de imprescindible

necesidad cuando la operación sea de tracto sucesivo, de acuerdo con los límites

establecidos en el citado Anexo.";

Que por su parte el artículo 7° del mencionado Decreto dispone que "Las actuaciones

donde tramiten operaciones contempladas en el artículo anterior deben cumplir con los

...

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