Resolución N° 1614/SSCDOC/21

EmisorMinisterio de Educación
Fecha de la disposición10 de Septiembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
RESOLUCIÓN N.º 1614/SSCDOC/21
Buenos Aires, 23 de marzo de 2021
VISTO: la Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el Acta Salarial
2021-Docentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Expediente
Electrónico N° 8235058- GCABADGPDYND/21, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del Acta Salarial celebrada el día 4 de marzo de 2021, en el marco de
la Comisión Salarial establecida por el Artículo 7° inciso b) de la Ordenanza N° 40.593
(texto consolidad por Ley N° 6.347), se reunieron en la sede del Ministerio de
Educación, Carlos H. Perette & Calle 10 PB, en representación del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Sra. Ministra de Educación, Lic. María Soledad
Acuña y el Sr. Subsecretario de Carrera Docente, Lic. Manuel Rodrigo Vidal y en
representación de los docentes las siguientes organizaciones sindicales: Asociación
Docentes de Educación Física (ADEF), Asociación Docentes de Enseñanza Media y
Superior (ADEMYS), Asociación Docentes Independientes Argentinos (ADIA),
Asociación de Educadores Porteños (AEP), Asociación del Magisterio de la Enseñanza
Técnica (AMET), Unión Argentina de Maestros y Profesores (CAMyP), Asociación de
Maestros Confederados (AMC), Asociación de Supervisores Educacionales de la
Ciudad de Buenos Aires (ASED), Centro de Profesores Diplomados (CPD),
Compromiso, Educación para el Cambio (EDUPEC), Sindicato Argentino de Docentes
Privados (SADOP), Sindicato de Educadores de Buenos Aires (SEDEBA), Sindicato de
Educadores Unidos de la Ciudad de Buenos Aires (SEducA), Sindicato Unido de
Educadores Técnicos de la República Argentina (SUETRA), Sindicato Único de
Trabajadores del Estado de la Ciudad de Buenos Aires (SUTECBA), Unión Docentes
Argentinos (UDA) y Unión de Trabajadores de la Educación (UTE);
Que, mediante el acta salarial mencionada, las partes se comprometieron a continuar
el diálogo respecto de temáticas a resolver en el marco de la mesa de trabajo a través
de las comisiones de condiciones laborales y calidad educativa y técnica salarial como
así también a constituir la comisión de monitoreo de Protocolo;
Que, en tal sentido, el Artículo 7° inciso b) de la Ordenanza N° 40.593 (texto
consolidado por Ley N° 6.347) establece que los docentes contarán con una
remuneración establecida con el asesoramiento de una Comisión Salarial formada por
representantes gremiales y las autoridades correspondientes del gobierno de la
Ciudad de Buenos Aires;
Que, por todo lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo que
posibilite la instrumentación del acuerdo precitado;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la
intervención que le compete.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL SUBSECRETARIO
DE CARRERA DOCENTE
RESUELVE:
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6212 - 10/09/2021

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR