Resolución N° 160 - Letra:A

EmisorMinisterio de finanzas
Fecha de la disposición 7 de Mayo de 2015
CÓRDOBA, 29 de Junio de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVI - Nº 121 Primera Sección
1ª
AÑO CII - TOMO DCVI - Nº 121
CORDOBA, (R.A.), LUNES 29 DE JUNIO DE 2015
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Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba - Ley Nº 10.074
Santa Rosa 740 - Tel. (0351) 434-2126/2127
X5000ESP CORDOBA - ARGENTINA
Atención al Público: Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.
Subdirector de Jurisdicción: Cr. CÉSAR SAPINO LERDA
Córdoba, 17 de junio de 2015
VISTO: Las actuaciones obrantes en el
Expediente N° 0425-286860/2014, del Registro
del Ministerio de Salud.
Y CONSIDERANDO:
Que en las mencionadas actuaciones se
gestiona la aprobación de los modelos de
Convenios de Beca para Profesionales
Residentes, Instructores Docentes, Ex
Residentes radicados y Jefes de Residentes,
en el marco de los Programas de Capacitación
del Ministerio de Salud; así como la derogación
de aquellos aprobados por Decreto N° 237/
07.
Que el Sr. Director General de Capacitación
y Formación en Salud del citado Ministerio, insta
el trámite de autos, acompañando los modelos
de convenios propuestos para Residentes,
Jefes de Residentes, Instructores Docentes y
Ex Residentes Radicados; como así también
copia fiel de los Instrumentos Legales
aprobatorios de anteriores modelos de
convenios utilizados.
Que el funcionario referido de la Cartera
actuante señala que, en aras a la formación
de profesionales calificados y una mejor
utilización de los recursos docentes y
administrativos, se propone implementar la
figura del Jefe de Residentes, explicitando los
requisitos y funciones de tales profesionales y
el monto estimado de la beca que percibirán.
Que el Área Dictámenes y Estudios
Legislativos de la Dirección de Asuntos Le-
gales del Ministerio de Salud se expide
pronunciándose de manera favorable; como
así también obra Visto Bueno del Señor Ministro
de Salud a la gestión procurada en autos.
Que asimismo corresponde dejar sin efecto
en forma expresa y específica el Decreto N°
237/07.
Por ello, las actuaciones cumplidas, normativa
citada, las prescripciones de los Artículos 59 y
144, inciso. 1° de la Constitución Provincial, lo
dictaminado la Dirección de Jurisdicción de
Asuntos Legales del Ministerio de Salud y por
Fiscalía de Estado bajo Nros. 999/14 y 000322/
15, respectivamente, y en uso de las
atribuciones constitucionales;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
Artículo1°.- DÉJANSE SIN EFECTO a partir
de la fecha del presente Decreto, los textos de
los Convenios de Beca para Profesionales
Residentes, Instructores Docentes y Ex
Residentes Radicados, aprobados por Decreto
N° 237/07.
Artículo 2°.- APRUÉBANSE los modelos de
Convenios de Beca para Profesionales
Residentes, Instructores Docentes, Ex
Residentes Radicados y Jefes de Residentes,
que como ANEXO I, compuesto de CUATRO
(4) fojas, forma parte integrante del presente
Instrumento Legal.
Artículo3°.- FACÚLTASE al Señor Ministro
de Salud a suscribir los referidos Convenios
en representación de la Provincia de Córdoba.
Artículo 4°.-El presente Decreto será
refrendado por los señores Ministro de
Salud y Fiscal de Estado.
Artículo 5°.- PROTOCOLÍCESE, comuní
quese, publíquese en el Boletín Oficial y
archívese.
JOSE MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
FRANCISCO JOSE FORTUNA
MINISTRO DE SALUD
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/y4qNMF
PODER
EJECUTIVO
Resolución N° 159 - Letra:A Córdoba, 7 de Mayo de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-118255/2015 mediante el cual la Entidad Civil denominada
“Centro de Difusión del Karate Do-CE.DI.KA.-Asociación Civil”, con asiento en la Ciudad de
Córdoba, Provincia de Córdoba, solicita autorización para funcionar como Persona Jurídica.-
Y CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado por el Área de Asociaciones Civiles, se ha verificado el cumplimiento
de los requisitos legales, formales y fiscales exigidos.-
En consecuencia, en virtud de lo dispuesto en los arts. 33 –segunda parte, inc. 1º)-, 35, 45 –
primer párrafo- y concordantes del Código Civil; Ley N° 19.836, y en uso de las facultades
conferidas por los arts. 2, 10 y correlativos de la Ley 8652,
LA DIRECCIÓN DE INSPECCIÓN DE PERSONAS JURÍDICAS
R E S U E L V E:
Artículo 1º: APROBAR el Estatuto Social de la Entidad Civil denominada “Centro de Difusión
del Karate Do-CE.DI.KA.-Asociación Civil”, con asiento en la Ciudad de Córdoba, Provincia de
Córdoba.-
Artículo 2º: AUTORIZAR expresamente a la misma para actuar como Persona Jurídica.-
Artículo 3º: PROTOCOLICESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial, vuelva al Área de
Asociaciones Civiles y Fundaciones para la inscripción en el registro pertinente y archívese.-
DRA. ANA MARÍA BECERRA
SUBSECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES
Resolución N° 160 - Letra:A
Córdoba, 7 de Mayo de 2015
VISTO: El Expediente Nº 0007-115921/2014 mediante el cual la Entidad Civil denominada
“ASOCIACION CIVIL CLUB DE LEONES LAGO SAN ROQUE”, con asiento en la Ciudad de Villa
Carlos Paz, Provincia de Córdoba, solicita aprobación de la Reforma del Estatuto, dispuesta en
Asamblea General Extraordinaria con fecha 28 de Noviembre de 2014.-
Y CONSIDERANDO:
Que atento las constancias obrantes en autos, se estiman cumplidos los requisitos formales,
fiscales, estatutarios y legales con relación a la Asamblea General Extraordinaria, celebrada con
fecha 28 de Noviembre de 2014 por la Entidad Civil denominada “ASOCIACION CIVIL CLUB DE
LEONES LAGO SAN ROQUE”, CUIT N° 30-71061386-5, con asiento en la Ciudad de Villa
Carlos Paz, Provincia de Córdoba, en la cual se resolvió la Reforma del Estatuto, modificando los
arts. 13 y 25, en procura de mejorar el funcionamiento de la Entidad.- CONTINÚA EN PÁGINA 2
DIRECCIÓN DE
INSPECCN DE PERSONAS JURÍDICAS

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