Resolución N° 16 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor11 de Mayo de 2022
Emisordirección general de prevención
Fecha de la disposición27 de Abril de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXIX - Nº 96
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 11 DE MAYO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Las Malvinas son argentinas”
DIRECCIÓN GENERAL DE PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES DE TRÁNSITO
Resolución N° 16
Córdoba, miércoles, 27 de abril de 2022.
VISTO: lo dispuesto por los artículos 13 y 14 de la Ley Provincial de Tránsito N°
8560 (T.O. 2004) y su Decreto Reglamentario N° 318/07 y lo actuado en Expe-
diente Nro. 0458-000802/2021 y en Expediente N° 0458-055963/2019, en los
que la Municipalidad de San José de La Dormida y la Comuna de Pampayasta
Norte solicitan reconocimiento y homologación de sus Centros Emisores de
Licencias de Conducir que actualmente opera en tales localidades.
Y CONSIDERANDO:
Que, en tal consideración esta Dirección General, en ejercicio de sus
atribuciones, dispuso la realización de una Auditoría al referido Centro de
Emisión de Licencias de Conducir, de acuerdo a los lineamientos estable-
cidos por los Anexos “B” e “I” al Decreto reglamentario N° 318/07.
Que, la Auditoría supra consignada procedió a vericar los pasos legal-
mente exigibles a efectos de la emisión de las Licencias de Conducir, conclu-
yendo en aconsejar a esta instancia administrativa, que puede procederse a la
homologación de los Centros de Emisión con cargo y sujeto al cumplimiento de
distintas observaciones puntualizadas en los informes respectivos.
Que, en virtud de ello corresponde dictar instrumento legal que proceda al
reconocimiento y homologación de ambos Centros de Emisión de Licencias de
Conducir de las Localidades requirentes, recomendado a las misma el cumpli-
miento de los puntos observados que se notican por cuerda separada.
Que, por último y a efectos de cumplimentar los requisitos legales de
rigor y atendiendo que a partir de la presente homologación de ambos
centros emisores debe insertar en las Licencias a emitir, numeraciones co-
rrelativas en las tarjetas base (artículo 7°, inciso “b”), corresponde ordenar
la asignación de las numeraciones respectivas.
Por ello, y lo dictaminado por la Asesoría letrada de esta Dirección bajo
Dictamen N° 16 y en ejercicio de sus facultades
EL DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES DE TRÁNSITO
RESUELVE:
1°.- HOMOLOGAR, el Centro de Emisión de Licencias de Conducir depen-
diente de la Municipalidad de San José de la Dormida, Departamento Tulumba,
de la Provincia de Córdoba y el Centro de Emisión de Licencias de Conducir
dependiente de la Comuna de Pampayasta Norte, Departamento Tercero Arri-
ba, de la Provincia de Córdoba, los que se encuentran habilitados a partir de la
fecha en concordancia a lo dispuesto por la Ley Provincial de Tránsito N° 8560
(t.o. 2004) y su Decreto Reglamentario N° 318/07.
2°.- NOTIFICAR, a las localidades cuyos Centros Emisores han sido
homologados por el dispositivo anterior, a n del exhaustivo cumplimiento
de las observaciones que se notican por cuerda separada y que serán
auditadas en un plazo no mayor a sesenta (60) días contados a partir de la
publicación de la presente.
3°.- SOLICITAR, a la Municipalidad de San José de la Dormida y a la
Comuna de Pampayasta Norte, a que requieran la asignación de los códi-
gos de seguridad a consignar en cada Licencias de Conducir.
4°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial
y archívese.
FDO.: MIGUEL ÁNGEL RIZZOTTI, DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES DE TRANSITO
EMPRESA PROVINCIAL DE ENERGÍA
CÓRDOBA - EPEC
Resolución N° 373
Córdoba, 6 de mayo de 2022
VISTO el Expediente Nº 0021-089074/2022 que se relaciona con el llama-
do a Concurso Público y Abierto aprobado por Resolución Nº 0052/2022, y
CONSIDERANDO:
QUE conforme surge de las constancias obrantes en autos, mediante
dicho acto administrativo, adjunto en copia a fs. 12/13, oportunamente se dio
comienzo al procedimiento de selección, entre otros puestos, para un cargo
de Montador de Primera, categoría “11”, con denominación funcional “GG04
Auxiliar de Mantenimiento Mecánico”, dependiente de Gerencia Generación;
QUE en ese marco, luego de concluidas las etapas que integraron el
pertinente procedimiento de selección, en virtud de la imposibilidad de
conformar los correspondientes Órdenes de Mérito Provisorio y Denitivo,
ante la falta de postulantes en condiciones de integrar los mismos, median-
te Resolución Nº 0358/2022 de fecha 29 de abril de 2022 (copia a fs. 14 y
vta.), se resolvió declarar fracasado el aludido llamado a Concurso Público
y Abierto para cubrir el cargo en cuestión;
QUE como consecuencia de lo expuesto, Subgerencia Planeamiento
de la Generación y Desarrollo de Proyectos reere en su intervención de
fs. 2 que subsiste la necesidad de cobertura del cargo de que se trata, so-
licitando a Gerencia de Recursos Humanos y Desarrollo Organizacional la
aprobación de un nuevo llamado a esos efectos, a cuyo n se incorpora de
fs. 3 a 9 la Descripción del Puesto, los requisitos a observar por parte de los
postulantes, y el Temario de Evaluación, entre otra información relevante,
todo lo cual merece la opinión favorable de Gerencia General a fs. 11;
QUE en relación a ello y teniendo en miras la mejora continua de los
procesos, se dispuso la incorporación al “Reglamento de Concursos Públi-
cos y Abiertos” de EPEC, aprobado por Resolución Nº 84.720, de una se-
rie de modicaciones relativas al procedimiento de selección allí previsto,
tendientes a simplicar ciertos aspectos del mismo en procura de dotarlo
de una mayor eciencia, así como prever la posibilidad de su adaptación
a los requerimientos particulares de cada puesto a concursar, todo lo cual
fue aprobado por Resolución Nº 0362/2022 de fecha 4 de mayo de 2022;

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