Resolución N° 16 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor15 de Marzo de 2022
EmisorMinisterio de Ciencia y Tecnología
Fecha de la disposición 9 de Marzo de 2022
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIX - TOMO DCLXXXVII - Nº 55
CORDOBA, (R.A.) MARTES 15 DE MARZO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
MINISTERIO DE SALUD
Resolución N° 276
Córdoba, 8 de marzo de 2022
VISTO: El Expediente Nro. 0425-440529/2022, mediante el cual se gestio-
na el “Llamado a Examen Único para Selección de Residentes en Salud de
la Provincia de Córdoba — Año 2022”.
Y CONSIDERANDO:
Que la petición que se propicia se encuentra contemplada en la Regla-
mentación vigente, habiéndose respetado los lineamientos exigidos para
proceder en tal sentido.
Que lo propiciado en autos deviene procedente en virtud de los Con-
venios Marco de Cooperación Institucional para la implementación del exa-
men Único para las Residencias en Salud de que se tratan.
Por ello, lo informado por la Dirección General de Capacitación y For-
mación en Salud y en uso de sus atribuciones:
EL MINISTRO DE SALUD
RESUELVE:
1°- DISPONESE el “Llamado para Examen Único para Selección de
Residentes en Salud de la Provincia de Córdoba — Año 2022” y APRUE-
BASE la Programación que como Anexo I, compuesta de CATORCE (14)
fojas, forma parte integrante de la presente Resolución.
2°.- AUTORIZASE a la Dirección General de Capacitación y Formación en
Salud de esta Cartera, a efectuar el llamado a selección de que se trata con
arreglo a lo previsto en la programación dispuesta en el Apartado precedente.
3°- PROTOCOLICESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial
y archívese.
FDO.: DIEGO HERNÁN CARDOZO, MINISTRO DE SALUD
ANEXO
MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
SECRETARÍA DE NUEVAS TECNOLOGÍAS Y
ECONOMÍAS DEL CONOCIMIENTO
Resolución N° 16
Córdoba, 09 de marzo de 2022
VISTO: la solicitud de inscripción en el Registro de Beneciarios del Ré-
gimen de Promoción de la Economía del Conocimiento de la Provincia de
Córdoba (RECOR), con carácter de “Beneciario Provisorio”, efectuada por
la rma “FACTORIS S.A.S.”.
CONSIDERANDO:
Que mediante artículo 15° de la Ley N° 10.789 se incorporó como
último párrafo del artículo 3° de la Ley N° 10.649 y su modicatoria, la
posibilidad de incorporarse al Registro de Beneciarios del Régimen de
Promoción de la Economía del Conocimiento de la Provincia de Córdo-
ba (RECOR), con carácter de “Beneciario Provisorio” del régimen, a las
personas jurídicas que, habiendo solicitado su inscripción en el Registro
Nacional de Beneciarios del Régimen de Promoción de la Economía del
Conocimiento, no posean -a la fecha de su incorporación- el acto adminis-
trativo de la autoridad competente a nivel nacional
Que por medio de la Resolución N° 8/2022 de esta Secretaría de Nue-
vas Tecnologías y Economía del Conocimiento, se aprobaron los requisitos
formales de presentación para la incorporación al Registro de Beneciarios
del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento de la Provin-
cia de Córdoba (RECOR), con carácter de “Beneciario Provisorio”.
Que, con fecha 24/02/2022, la rma “FACTORIS S.A.S. (C.U.I.T 30-
71685481-3)” presentó la solicitud de inscripción provisoria en el RECOR,
mediante la presentación del formulario y la documentación respaldatoria
(N° de Expediente 0279-012289/2022 ) de conformidad a lo dispuesto en
el Anexo I de la Resolución N° 02/2021 de esta Secretaría;
Que la rma “FACTORIS S.A.S. (C.U.I.T 30-71685481-3)” está inscripta
ante la Dirección General de Rentas en el impuesto sobre los Ingresos Brutos,
según informa la Constancia de Ingresos Brutos que se adjunta al expediente.
Que la empresa desarrolla la actividad promovida “Software y servicios
informáticos y digitales”, con el Código NAES N°620101, denominado: “De-
sarrollo y puesta a punto de productos de software.
Que la rma se encuentra en situación regular ante el organismo recauda-
dor provincial, habiéndose vericado en el día de la fecha, conforme los orde-
nado en el artículo 6° de la Resolución Nº 126/16, del Ministerio de Finanzas.
Que la Dirección de Jurisdicción Economías del Conocimiento, depen-
diente de esta Secretaría, en mérito a lo normado en el Anexo I de la
Resolución N° 02/2021 y Anexo I de la Resolución N° 8/2022, ambas de
esta Secretaría, examinó el cumplimiento de los requisitos y demás forma-
lidades establecidas en la normativa vigente, conforme surge del Informe
de admisibilidad y procedencia.
Que, en consecuencia, habiendo cumplimentado los requisitos exigidos
por la normativa aplicable al Régimen, corresponde inscribir con carácter de
“Beneciario Provisorio” a la rma “FACTORIS S.A.S. (C.U.I.T 30-71685481-
3)” en el RECOR creado por Ley Nº 10.649 y su modicatoria N° 10.722.
Que, en virtud de tal inscripción, la empresa accederá a los benecios
promocionales contemplados en el Artículo 3 de la Ley N° 10.649 y su
modicatoria 10.722, Reglamentada por Decreto N° 193/2021.
Que la rma “FACTORIS S.A.S. (C.U.I.T 30-71685481-3)” ha presen-
tado nota renunciando transitoriamente al benecio previsto en el inciso
“d” del artículo 3 de la ley 10.649 y modicatoria hasta tanto cuente con la
documentación requerida por la normativa vigente.
Que a los nes de la exención del impuesto a los Sellos la rma bene-
ciaria deberá acreditar que los contratos y/o instrumentos que se celebren,
sean con motivo de la ejecución, explotación y/o desarrollo de la actividad
promovida desde la fecha de la inscripción en el RECOR.
Que los benecios que por este instrumento se otorgan entrarán en vi-
gencia de conformidad y con las limitaciones establecidas en los artículos
1 a 6 del Decreto N° 193/2021.

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