Resolución Nº 159/GCABA/MJGGC/17

FirmantesMiguel
EmisorMinisterio Jefatura de Gabinete de Ministros

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

VISTO:

El Decreto N° 224/13, las Resoluciones Conjuntas N° 11-SECLYT/13, y sus

modificatorias N° 10-SECLYT/14 y 2-SECLYT/15, la Resolución N° 2720-MHGC/16, el

Expediente Electrónico N° 9546134-MGEYA-DGTALMJG/17, y

CONSIDERANDO:

Que por la presente actuación tramita la contratación de AZPIRI, Federico Luis, DNI N°

22.098.292, CUIT N° 20-22098292-1, bajo la figura de locación de obra en el modo,

forma y período que se detalla en el Anexo I que forma parte integrante de la presente;

Que mediante el Decreto N° 224/13 se estableció que la contratación, modificación,

ejecución y extinción de los contratos celebrados bajo el régimen de Locación de

Obras y Servicios, deberán tramitar utilizando el Módulo "LOyS" del Sistema de

Administración de Documentos Electrónicos -SADE, mientras que por Resolución

Conjunta N° 11-SECLYT/13 y sus modificatorias, se aprobó el procedimiento

administrativo electrónico correspondiente;

Que el artículo 2° del citado Decreto faculta al/la titular de la Vicejefatura de Gobierno,

a los/as Ministros/as, Secretarios/as y Subsecretarios/as del Poder Ejecutivo y a los

funcionarios con rango o nivel equivalente, a contratar hasta un monto máximo de

pesos veinte mil ($20.000), mensuales por contrato, dentro de su disponibilidad

presupuestaria, entre tanto, el artículo 3° faculta al Sr. Ministros de Hacienda a

modificar el monto máximo;

Que en consecuencia mediante Resolución N° 2720-MHGC/16,se elevó dicho monto

mensual máximo, hasta la suma de pesos cincuenta y cinco mil ($ 55.000.-);

Que por el artículo 5° del Decreto N° 224/13 se facultó a los funcionarios mencionados

en el artículo 2° a delegar en las Direcciones Generales de su jurisdicción la

suscripción de los instrumentos contractuales correspondientes;

Que la persona que figura en el anexo I de la presente no se encuentra inscripta en el

Registro de Deudores Alimentarios Morosos creado por la Ley N° 269 (texto

consolidado por Ley N° 5.666) ni percibe ningún subsidio por razones de falta de

empleo y ha...

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