Resolución Nº 159/GCABA/SECGCYAC/15

FirmantesMacchiavelli
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorSecretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana
Fecha de la disposición20 de Abril de 2015

VISTO:

La Ley Nro. 2.095 y su modificatoria N° 4.764, los Decretos N° 95/14, N° 328-

GCBA/13, los Expedientes Electrónicos N° 780.649/DGTALCIU/2013 y N° 2015-

04210007- SSDPCIU y;

CONSIDERANDO:

Que por la actuación citada en el Visto, tramitó la contratación del "Servicio de

Limpieza General e Integral, Desinsectación y Desratización en las Sedes y Subsedes

de las Comunas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y las distintas dependencias

de la Secretaría de Gestión Comunal y Atención Ciudadana";

Que en el marco del Expediente Electrónico N° 780.649-DGTALCIU/13 mediante

Resolución N° 179-SECGCYAC/13 se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones

Particulares y de Especificaciones Técnicas y se llamó a Licitación Pública Nro.

417/SIGAF/2013, al amparo de lo establecido en el artículo 31, primera parte del

artículo 32

y concordantes de la Ley N° 2.095, su Decreto Reglamentario N° 754-.

GCBA/08 y modificatorios - ambas normas modificadas por la Ley N° 4.764 y el

Decreto N° 95/14 respectivamente -, por un monto aproximado de PESOS TREINTA Y

CUATRO MILLONES DOSCIENTOS MIL ($ 34.200.000.-);

Que mediante Decreto N° 328-GCBA/13, se aprobó lo actuado en la presente

contratación, se adjudicó la misma y se delegó en el Secretario de Gestión Comunal y

Atención Ciudadana la facultad de dictar los actos administrativos que fueren

necesarios para la ejecución del contrato, incluyendo la ampliación del total

adjudicado;

Que entre los adjudicatarios se encuentra la empresa LA MANTOVANA DE

SERVICIOS GENERALES S.A. cuya orden de compra asciende a la suma de PESOS

CATORCE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL TRESCIENTOS

VEINTE CON 00/100 ($14.998.320) sobre un valor total de la licitación que asciende a

una suma de PESOS TREINTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y

CUATRO MIL TRESCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($ 37.984.320.);

Que la Ley N° 2.095 modificada por la Ley N° 4.764 en su artículo N° 49, faculta al

organismo contratante a que, una vez perfeccionado el contrato, pueda "Aumentar o

disminuir el total adjudicado hasta un veinte por ciento (20%) de su valor original en

uno y otro caso, en las condiciones y precios pactados y con adecuación de los plazos

respectivos. El aumento o la disminución puede incidir...

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