Resolución N° 154-SSTYTRA/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición 4 de Abril de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
RESOLUCIÓN N.° 154/SSTYTRA/18
Buenos Aires, 16 de marzo de 2018
VISTO:
el Expediente Nº EX-2018-08194394- -MGEYA-DGTYTRA y la Nota N.º IF-2018-
109008288-APN-JGA-MSG, y
CONSIDERANDO:
Que, entre los días 10 y 20 de marzo del corriente año, se desarrollará en la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, la segunda reunión Ministerial de Finanzas y Presidentes
de Bancos Centrales del G 20, en el Centro de Exposiciones y Convenciones de la
Ciudad de Buenos Aires (CEC);
Que, asistirán a la Reunión Ministerial funcionarios, delegaciones y representantes de
los países miembros pertenecientes al G 20, resultando un acontecimiento de suma
importancia para la estrategia de desarrollo económico e inserción internacional de la
Argentina;
Que, en el marco de dicho evento, y por el tiempo de realización del mismo, surge la
necesidad de modificar las condiciones circulatorias entorno al Centro de Exposiciones
y Convenciones de la Ciudad de Buenos Aires (CEC).
Por ello, en virtud de las facultades que le son propias,
EL SUBSECRETARIO DE TRÁNSITO Y TRANSPORTE
RESUELVE
Artículo 1º.- Suprímese con carácter transitorio en el marco de la realización del
evento denominado G 20, el funcionamiento de las dársenas de transporte público de
pasajeros ubicadas frente al acceso del Centro de Exposiciones y Convenciones de la
Ciudad de Buenos Aires (CEC) ubicada en la Av. Pte. Figueroa Alcorta altura
2000/2100, desde las 0:00 hs. del día sábado 17 de marzo de 2018, hasta las 24:00
hs. del martes 20 de marzo de 2018.
Artículo 2º.- Afectase con carácter transitorio en el marco de la realización del evento
denominado G 20, desde las 0:00 hs. del lunes 19 de marzo de 2018 hasta las 24:00
hs. del martes 20 de marzo de 2018, dos carriles junto al cordón de la acera derecha
de la Av. Pte. Figueroa Alcorta entre Av. Callao y Víctor González
Artículo 3º.- Queda prohibido en el ascenso y descenso de pasajeros en el tramo de la
Av. Pte. Figueroa Alcorta entre Av. Callao y Víctor González, indicado en el Artículo 1ª
de la presente.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a las Direcciones Generales de Tránsito y Transporte, de Planificación
de la Movilidad, de Cuerpo de Agentes de Control de Tránsito y Seguridad Vial, a la
Policía de la Ciudad, a la Presidencia de la Nación, a Gendarmería Nacional, a la
Secretaría de Gestión de Transporte del Ministerio de Transporte de la Nación, a la
Comisión Nacional de Regulación del Transporte, a las Cámaras representativas de
las líneas de autotransporte público de pasajeros involucradas, a las Cámaras
representativas del Transporte de Pasajeros de Larga Distancia, a Autopistas Urbanas
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5346 - 04/04/2018

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