Resolución Nº 1532/GCABA/MAYEPGC/17
Firmantes | Macchiavelli |
Emisor | MINISTERIO DE AMBIENTE Y ESPACIO PÚBLICO |
VISTO:
las Leyes N° 2936, N° 3136 y N° 1218, las Disposiciones N° 2890-DGOEP/2015 y N°
3948-DGOEP/2016, el Expediente Electrónico N° 14150807-MGEYA-DGOEP/2014, y;
CONSIDERANDO:
Que por las presentes actuaciones tramita el recurso jerárquico que opera en subsidio
del recurso de reconsideración incoado por la empresa AXION ENERGY ARGETINA
S.A., contra los términos de la Disposición N° 2890-DGOEP/2015, por el cual se
deniega la solicitud de permiso para la colocación de tres (3) letreros frontales
luminosos en el local comercial sito en Av. Del Libertador 2587 esquina Salguero de
esta Ciudad;
Que mediante el Informe N° 16402183-DGOEP/2015, la Dirección General de
Ordenamiento del Espacio Público indicó que no se cumplen los requisitos necesarios
para otorgar la autorización, conforme los requisitos exigidos por las leyes N° 2936 y
N° 3136;
Que en este sentido se dictó la Disposición N° 2890-DGOEP/2015, mediante la cual el
Director General de Ordenamiento del Espacio Público de esta Ciudad denegó la
solicitud de permiso peticionada, solicitando se de intervención a la Dirección General
Fiscalización del Espacio Público a los fines de proceder al retiro de los dispositivos
publicitarios en caso de encontrarse emplazados en la locación referida;
Que mediante el Informe N° 04714307-DGOEP/2016 obra el recurso de
reconsideración con jerárquico en subsidio interpuesto por la empresa AXION
ENERGY ARGENTINA S.A., contra los términos de la Disposición N° 2890-
DGOEP/2015;
Que, debido a que la presentación realizada carecía de los argumentos y pruebas
necesarias y suficientes para generar en la Dirección citada la convicción de que
resultaba procedente la revocación de los términos de la Disposición recurrida,
mediante la Disposición N° 3948-DGOEP/2016, se desestimó el recurso de
reconsideración interpuesto, notificando la misma a la recurrente el día 17 de marzo
del corriente;
Que con fecha 22 de junio del corriente, se le notificó a la empresa AXION ENERGY
ARGENTINA S.A. que contaba con el plazo de cinco (5) días hábiles para ampliar o
mejorar los fundamentos a fin de resolver el recurso jerárquico que obra en subsidio;
Que habiendo transcurrido el plazo legal establecido en el art. 107 de la Ley de
Procedimientos Administrativos de la Ciudad, no han sido ampliados los fundamentos
para que pueda ser...
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