Resolución N° 1527/CDNNYA/19

EmisorConsejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes
Fecha de la disposición26 de Diciembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
RESOLUCIÓN N1527/CDNNYA/19
Buenos Aires, 10 de diciembre de 2019
VISTO: Las Leyes N° 471 y N° 114 (textos consolidados por Ley Nº 6.017), el Decreto
N° 638-GCABA/07 y su modificatorio, el Decreto N° 117-GCABA/17, el Decreto N°
363-GCABA/15 y sus modificatorios, la Resolución 446-MHGC/16 y sus modificatorias,
la Resolución N° 214-MHGC/17, la Resolución N° 2.262-SSGRH/16 y su modificatoria,
la Resolución Nº 304-SSGRH-19, el Expediente Electrónico N° 34022606-GCABA-
DGPLYCO/19, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 45 de la Ley Nº 114 (texto consolidado por Ley Nº 6.017) se creó el
Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes como organismo
especializado que tiene a su cargo las funciones que le incumben a la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires en materia de promoción y protección de los derechos de
niñas, niños y adolescentes;
Que por el artículo 46 de la citada ley, el Consejo goza de autonomía técnica y
administrativa y autarquía financiera;
Que por el Decreto Nº 638-GCABA/07 y su modificatorio, el Decreto N° 117-
GCABA/17, se delegó en los/as señores/as Ministros/as, Secretarios/as y titulares de
Unidades de Organización con rango o nivel equivalente del Poder Ejecutivo del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de efectuar las
designaciones y disponer los ceses del personal de las Plantas de Gabinete
correspondientes a su jurisdicción, así como la de aprobar las modificaciones
correspondientes en cada caso;
Que por el Decreto N° 363-GCABA/15 y sus modificatorios se aprobó la Estructura
Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por el artículo 7° del Decreto N° 363-GCABA/15 se instituyó el Régimen Modular
de las Plantas de Gabinete de las Autoridades Superiores de Gobierno a partir del 10
de diciembre de 2015;
Que por la Resolución N° 446-MHGC/16 y sus modificatorias se estableció que el
excedente de Unidades Retributivas del Régimen Modular asignado y no utilizado en
los términos de los artículos 7° y 8° del Decreto N° 363-GCABA/15, podrán ser
administrados como Suplemento de Gabinete;
Que a su vez, por la Resolución N° 2.262-SSGRH/16 y su modificatoria, la Resolución
Nº 304-SSGRH-19, se aprobó el procedimiento administrativo para la asignación de
Unidades Retributivas (UR) en concepto de "Bonificación Extraordinaria", siendo que
el saldo de UR aplicables a cada una de las reparticiones se compondrá de todas
aquellas UR que no hayan sido utilizadas para designación de Plantas de Gabinete, ni
otorgamiento de suplementos de gabinete destinados a agentes de Planta
Permanente y/o Transitoria;
Que por su parte, la Resolución N° 214-MHGC/17 establece que el monto de UR a
asignar en concepto de "Bonificación Extraordinaria" no podrá superar la suma
equivalente a dos (2) remuneraciones brutas normales y habituales que el agente
percibiera al momento del cierre de cada ejercicio;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5768 - 26/12/2019

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