RESOLUCION N.º: 152

Fecha19 Enero 2020
Número de registro31321
EmisorMINISTERIO DE AMBIENTE Y CAMBIO CLIMATICO

SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional

11 AGO 2020

VISTO:

El expediente N° 02101-0023009-0 del Registro del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 388/00 por el cual se aprueba y ratifica la Resolución Nº 0069 de fecha 28 de mayo de 1998 emanada por la ex Subsecretaria de Medio Ambiente y Ecología mediante la cual se aprobaron las normativas para el manejo y tratamiento de los Residuos Patológicos de la Provincia de Santa Fe;

Que la disponibilidad de nuevas formas de gestión que brindan los avances tecnológicos, con la consiguiente simplificación de trámites y agilización en la realización de los mismos, otorgando mayor economía y eficacia en su control; es que se considerada oportuno la implementación de un procedimiento de teleinspección;

Que producto de los decretos nacionales y porvinciales de adhesión y cumplimiento de aislamiento social, preventivo y obligatorio y posteriormente distanciamiento social, preventivo y obligatorio; se considera oportuno establecer nuevos procedimientos atendiendo dicha situación local y global;

Que ha intervenido personal profesional de la Dirección General de Gestión Ambiental del Ministerio de Ambiente y Cambio Climatico en la elaboración del protocolo para su implementación efectiva;

Que las nuevas plataformas de comunicación permiten disponer de la información necesaria en tiempo real y por lo tanto visualizar y fiscalizar los vehiculos de recoleccion y transporte de los residuos patológicos y/o catering de buques y/o aeronaves;

Que la competencia en la materia procede de lo establecido por las Leyes Nº 11.717 y Nº 13.920, Orgánica de Ministerios;

POR ELLO:

LA MINISTRA DE AMBIENTE Y

CAMBIO CLIMATICO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el protocolo para la fiscalización mediante teleinspección a traves de herramientas de comunciación audio-visual que permiten fiscalizar en tiempo real los vehiculos de recolección y transporte de residuos patologicos y catering de buques o aeronaves en la provincia de Santa Fe, y que forma parte del ANEXO del presente decisorio.-

ARTICULO 2º.- Los transportistas de residuos patológicos o catering de buque obligatoriamente deberán brindar, a este Ministerio de Ambiente y Cambio Climatico, toda la información necesaria con el fin de dar cumplimiento con el protocolo antes mencionado.-

ARTICULO 3º.- Regístrese, comuníquese y publíquese.-

ANEXO

PROTOCOLO DE TELEINSPECCION DE VEHICULOS DE RECOLECCION Y TRANSPORTE DE RESIDUOS PATOLOGICOS.

Protocolo para la constatación por videoconferencia (no presencial) de las condiciones que deben cumplir los VEHÍCULOS DE RECOLECCIÓN Y TRANSPORTE de Residuos Patológicos establecidos en el Título IV, Punto 3 del Decreto N.º 388/00 y Resolución N.º 454/19, todo ello en marco del aislamiento social preventivo y obligatorio dispuesto por el gobierno provincial en adhesión al dispuesto por el Gobierno Nacional.

PASOS A CUMPLIMENTAR:

1. Enviar solicitud por correo electrónico del titular ó representante legal de la empresa de transporte de residuos patológicos solicitando la habilitación e inspección del/ó los vehículos. En el mismo correo enviado a la casilla: gestionambiental@santafe.gov.ar se debe informar lo siguiente y con la leyenda que toda la información brindada se hace bajo declaración jurada:

a. Razón Social.

b. Número de CUIT.

c. Dominio, marca y modelo (para cada vehículo) a inspeccionar.

d. Número de Teléfono para realizar el contacto y dirección de email.

e. Fotos/Scaneo de la inscripción del vehiculo en el registro otorgado por Secretaría de Transporte.

f. Scaneo de contrato con operador vigente.

g. Declaración del lugar de guarda y limpieza del vehiculo.

h. Claves de acceso y dirección web del sistema GPS.

2. Recibida y evaluada la información, se acordará día y hora para la constatación a distancia, previa aprobación del Director General de Gestión Ambiental.

3. El inspector programará una videoconferencia utilizando la aplicación gratuita ‘Zoom Meeting’ (de Zoom Video Communications, Inc.) con inicio en fecha y hora acordada y con una duración de 30 minutos (en caso de que sean dos ó más vehículos se puede realizar por un tiempo mayor). Una vez agendada la reunión en la aplicación, se confirma a la empresa por correo electrónico, junto con los datos de “ID de la reunión” y “Contraseña”. Podria ser otra herramienta de considerarse.

4. Iniciada la reunión, el “hospedador” (inspector) grabará la teleconferencia en la PC desde el comienzo hasta su finalización. El archivo generado (formato ‘.mp4’) deberá ser almacenado por el inspector y podrán realizarse capturas de pantalla para incorporar...

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