Resolución N° 151-AGC/18

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición27 de Febrero de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
RESOLUCIÓN N.° 151/AGC/18
Buenos Aires, 21 de febrero de 2018
VISTO:
El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510-GCBA/97 (Texto consolidado por la Ley
5.666), el Expediente Nº 4163501/2014 y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente citado en el Viisto tramita la solicitud de habilitación
efectuada por la Sra. Nelva Elisa Rojas Dávila, respecto del local sito en la calle
Esmeralda N° 1279, planta baja y sótano, unidad funcional N° 1 de esta Ciudad, para
desarrollar el rubro "comercio minorista de artículos de perfumería y tocador
(603.220)" y "salón de belleza (uno o más gabinetes) (604.126)";
Que a través del Informe de Rubros Rechazados y Motivos, la Dirección General de
Habilitaciones y Permisos rechazó la mencionada solicitud de habilitación, de
conformidad a lo normado por el Artículo 9° del Decreto N° 93-GCBA/06, por no
haberse cumplido las intimaciones oportunamente formuladas;
Que mediante la Presentación Agregar N° 2 la titular del trámite interpuso Recurso
Jerárquico contra dicha denegatoria y adjuntó documentación tendiente a subsanar las
observaciones que motivaron el rechazo;
Que por medio del Informe N° IF-2016-24100858-DGHP, personal de la Dirección
General de Habilitaciones y Permisos de esta Agencia manifestó que "todavía no se
han cumplimentado en su totalidad los puntos intimados";
Que corresponde en esta instancia el tratamiento de la vía recursiva deducida como
Recurso Jerárquico directo, en los términos previstos por el artículo 112 °y siguientes
del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510-GCBA/97;
Que habiendo otorgado la debida intervención a la Procuración General de la Ciudad
de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido por el artículo 115° de la Ley de
Procedimientos Administrativos, dicho organismo asesor emitió el Dictamen Nº IF-
2016-28043077-PGAAIYEP opinando que "(...) el recurrente, en su escrito
denominado Recurso Jerárquico, no ha acreditado haber dado cumplimiento a los
términos de las observaciones (...) como así tampoco haber aportado elemento
novedoso alguno, de entidad jurídica suficiente a los fines de conmover el acto
administrativo objeto del recurso incoado." y sugiriendo "(...) se dicte el pertinente acto
administrativo que desestime el recurso jerárquico interpuesto por la recurrente.";
Por ello, en virtud de las facultades atribuidas por el artículo 11° inciso e) de la Ley Nº
2.624,
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL
RESUELVE
Artículo 1°.- Desestímase el recurso jerárquico interpuesto por la titular del trámite Sra.
Nelva Elisa Rojas Dávila, contra el Informe de Rubros Rechazados y Motivos mediante
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5323 - 27/02/2018

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